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  Por el libro

El Nuevo Dia

Una organización sin fines de lucro que representa a compañías como AT&T, Sprint y T-Mobile se pronunció en contra de un proyecto de ley para que el gobierno establezca una norma uniforme aplicable en casos de terminación de contratos de telefonía inalámbrica antes del tiempo, estipulado en el acuerdo firmado por el consumidor y el proveedor del servicio de telecomunicación.

Gerard Keegan, portavoz de CTIA, entidad con sede en Washington D.C., conocida como la Asociación Inalámbrica, manifestó que se oponen a la aprobación del Proyecto de la Cámara 1069, que reglamentaría el prorrateo cuando surge una terminación anticipada de un contrato de servicio de teléfono móvil.

Al comparecer hoy a una vista pública de la comisión cameral de Asuntos del Consumidor y Prácticas Antimonopolísticas, Keegan opinó que la propuesta legislación es "innecesaria" y estimó que de ponerse en vigor "limitaría las alternativas de los consumidores al optar por servicio de telefonía inalámbrica".

Keegan, quien viajó de la capital federal para declarar en el idioma inglés y con traductor simultánteo en la audiencia presidida por el representante Nelson Torres Yordán, autor de la medida, sostuvo que varias compañías que son miembros de CTIA ya prorratean sus tarifas por terminaciones de contratos de celulares antes del término estipulado.

El portavoz de CTIA explicó, a preguntas de Torres Yordán, que individualmente cada compañía de celulares tiene sus tarifas o política de cobro al cliente que resuelve terminar antes de tiempo un contrato, pero recordó que el consumidor siempre tiene la opción de servicio inalámbrico pre pagado o sin contrato con diversas empresas.

Además, observó que en el caso de los servicios por contrato, "se conceden 14 días de prueba sin penalidades", por lo que en ese término un cliente puede cesar el mismo, sin aplicarse un prorrateo, término que se refiere a la repartición proporcional del costo, cantidad, obligación o carga entre varias personas, en este caso entre el proveedor del servicio inalámbrico y el cliente.

En el mercado de los teléfonos celulares, el prorrateo, según Torres Yordán, se convierte en una penalidad que puede ser injusta para el consumidor porque ciertas empresas obligan al pago completo de la unidad que ha utilizado.

En entrevista con este medio, el representante dijo que si un cliente firma un contrato por dos años y recibe un teléfono cuyo costo es de $600, si termina un acuerdo de dos años a los 12 meses, podría ser aceptable que pague la mitad, $300, pero no el valor de la unidad nueva, como lo imponen ciertas empresas.

Keegan, por su parte, recordó que existen reglamentaciones federales que garantizan opciones de servicios innovadores en un mercado ultra competitivo, que garantiza costos reducidos en la comunicación inalámbrica de todo los Estados Unidos, donde el rápido crecimiento de suscriptores sobrepasa los 326 millones, incluyendo a Puerto Rico, con más de 2,9 millones de clientes de teléfonos celulares.

Puntualizó que CTIA creó un Código de Servicio Inalámbrico del Consumidor que ha sido clave para proteger a los clientes que lo utilizan, de forma que puedan tomar decisiones informadas al momento de seleccionar un plan de servicio inalámbrico adecuado. Keegan dijo que el código también ha fomentado la competitividad en la industria de teléfonos celulares y sometería copia del mismo para el estudio de la comisión legislativa.

Explicó que el código tiene 11 puntos principales que aluden, entre otros asuntos, a responder rápido a los reclamos o quejas de los consumidores de celulares ante las agencias estatales, así como a términos de servicio a los clientes y al periodo de prueba al contratar un nuevo servicio.

Al culminar la audiencia, Keegan dijo a este medio que es beneficioso que la gente se oriente bien. Por eso, recomendó utilizar una lista de cotejo disponible en su portal ctia.org.org donde además publican preguntas comunes y respuestas sobre estos servicios cruciales en el diario vivir.

Torres Yordán, por su parte, cuestionó la oposición de CTIA a la medida suscrita también por el presidente cameral Jaime Perelló, al recordar que varias empresas que ellos representan tienen claúsulas de prorrateo.

"Creo que esto se debe regular por legislación estatal ya que estamos hablando de un aspecto contractual que se firma en Puerto Rico. No hay legislación federal que lo prohiba, ni decisión alguna del Tribunal Supremo de los Estados Unidos que prohiba que los estados puedan moverse a esta dirección", sostuvo.

En tal sentido, destacó que Keegan reconoció que hay estados que se han movido a legislaciones como la propuesta en Puerto Rico para aplicar este tipo de reglamentación, que en el caso del Proyecto 1069 dispone que "el prorrateo de los cargos de terminación temprana contenidos en un contrato de servicio de teléfono celular será aplicado mediante una distribución proporcional diaria que comenzará a computarse desde el comienzo del contrato hasta la fecha final de la cláusula de terminación temprana que nunca deberá ser mayor de dos años".

La exposición de motivos del proyecto cita un precedente judicial en el que se establece que "no resulta legítima ni procedente" que la clausula sobre sanción económica por terminación de contrato antes de lo estipulado "permanezca de manera inmutable e inalterada a través de toda la existencia del contrato" y justifica el prorrateo.

Torres Yordán dijo a este medio que realizarán una tercera audiencia pública para discutir la medida y entre otras empresas de telefonía inalámbrica citarán a la empresa Claro, que no es miembro de CTIA, así como a Sprint y T-Mobile.


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