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El Nuevo Dia

Aun cuando no existen cifras oficiales y confiables sobre la población de personas sin hogar en Puerto Rico, los datos parciales y dispersos que se manejan en el país indican que la cantidad ha estado aumentando en años recientes.

El más reciente censo informal que se hizo de esta población se realizó en febrero de 2013 y arrojó que el total de personas sin hogar estaba cerca de los 2,773 que fueron contados, cifra que según la presidenta del Concilio Multisectorial en Apoyo a la población sin Hogar, Ivette Pérez Toro, refleja un aumento de 34% en comparación con el conteo realizado en el año 2011.

Agregó, sin embargo, que tras una revisión del Manual de Procedimientos para el Programa de Asistencia Nutricional (PAN), que llevó a flexibilizar y agilizar el acceso de personas sin hogar a los beneficios de este programa, aumentó el número de beneficiarios en esa situación.

“Para abril de 2014 había 3,198 personas inscritas sin hogar recibiendo los beneficios del PAN”, afirmó Pérez Toro en comparecencia hoy miércoles ante la Comisión de Derechos Civiles, Participación Ciudadana y Economía Social del Senado.

En la misma audiencia el presidente de la Junta de Directores de la Fondita de Jesús, Luis Silva, indicó que esa entidad recibe diariamente alrededor de 250 personas sin hogar y que anualmente sirve a cerca de 3,000 personas.

La comisión evalúa el cumplimiento por parte de los municipios y agencias gubernamentales de las disposiciones de la Ley 130 de 2007, que fue la que creó el Concilio Multisectorial en Apoyo a la Población Sin Hogar y aprobó una carta de derechos para esta población.

Dicho Concilio está adscrito al Departamento de Familia y la ley le asigna implantar y desarrollar la política pública para la población sin hogar.

Durante la audiencia trascendió que luego de siete años de aprobada esta ley, recientemente fue que se aprobó el reglamento que regulará este Concilio y aún se encuentra en el proceso de “revisión interna”.

Pérez Toro alertó a la Comisión sobre la necesidad de enmendar la Ley 130 para eliminar el requisito de que las coaliciones que integren el Concilio tengan que estar incorporadas en el Departamento de Estado y para ajustar además la definición de la persona sin hogar que promueve el Departamento de Desarrollo Urbano y Vivienda de Estados Unidos, que incluye a individuos y familias sin hogar; personas que inminentemente perderán su residencia primaria en donde pasan la noche y no cuentan con otra vivienda identificada, recursos o redes de apoyo; jóvenes sin compañía e individuos y familias huyendo o intentando huir de violencia doméstica y no cuentan con otra vivienda identificada.

La Fondita de Jesús, por su parte, denunció que aún no se está cumpliendo con la carta de derechos de los ciudadanos sin hogar y se siguen cometiendo abusos contra ellos.

Luz Dávila, que se identificó como la “homeless advocate” (la defensora de las personas sin hogar) de la Fondita de Jesús, sostuvo que entre las deficiencias está el hecho de que no existen albergues para mujeres sin hogar y los que hay son para hombres; que estos ciudadanos no reciben el cuidado médico integrado que necesitan, pues cuando acuden a los centros de salud se les trata la condición inmediata, pero no su situación de adicción u otros padecimientos, y que todavía la Policía les persigue, les remueve de lugares públicos y les amenaza con arrestarles si los ven en determinados sitios.

A pesar de esas deficiencias en la aplicación de la Ley, Dávila aseguró que el Concilio ha

logrado avances y favoreció también que se facilite la participación de las organizaciones que trabajan con este sector eliminando algunos de los requisitos existentes.

Glorín Ruíz, voluntaria del Comité Justicia Social de la Fondita de Jesús, elaboró otras enmiendas que sugiere la organización al estatuto, entre las que incluyó que se amplíe la participación de personas con experiencia en la vida sin hogar dentro del grupo y, además, que el Concilio no esté más bajo una agencia gubernamental.


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