Noticel
1. El proceso de mediación le da prioridad a su vivienda principal.
2. El Tribunal es el que ordena de manera compulsoria el proceso de mediación para que se efectúe 60 días antes de que se celebre la conferencia con antelación a juicio.
3. Esta reunión con el mediador se podrá dar en una sala del tribunal o en cualquier otro lugar que las partes acuerden excepto en la oficina del acreedor hipotecario o de sus abogados.
4. En esta reunión el acreedor hipotecario le presentara todas las alternativas que usted tiene disponible para evitar una ejecución hipotecaria o la venta de su propiedad.
5. El Tribunal paralizará cualquier acciona civil por un periodo no menos de 45 días.
6. Si usted no se presenta a la reunión de mediación o no cumple con lo acordado entre las partes, sepa que usted mismo le dará la luz verde al banco para que proceda a la ejecución.
7. Recuerde usted solo tendrá derecho a un proceso de mediación.