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  Por el libro

26 de febrero de 2010

HUD

WASHINGTON - El Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de EE.UU. anunció hoy que ha prestado cargos en San Juan, Puerto Rico, contra un desarrollador de vivienda por violar la Ley de Equidad de Vivienda al presuntamente negar a una propietaria con discapacidades un espacio de estacionamiento accesible cerca de su vivienda, aun cuando la mujer sólo puede caminar distancias muy cortas. La acusación de HUD alega además que el desarrollador, HAL Development Corporation (HAL), le ofreció el uso de un espacio de estacionamiento para minusválidos en base a quien llegue primero; una opción que era inaceptable, dadas las limitaciones de movilidad de la dueña de vivienda.

La Ley de Equidad de Vivienda prohíbe rehusar hacer arreglos razonables cuando son necesarios para permitir a las personas con discapacidades gozar plenamente sus viviendas.

"Los proveedores de vivienda tienen una obligación legal de ofrecer a las personas con discapacidades arreglos razonables. HUD aplicará la ley vigorosamente", expresó John Trasviña, secretario adjunto de HUD para Equidad de Vivienda e Igualdad de Oportunidades.

El caso recibió atención de HUD después de que la propietaria de vivienda, que vive en Carolina, Puerto Rico, presentó una queja alegando que HAL había negado su solicitud para un espacio de estacionamiento accesible. La mujer solicitó originalmente un espacio de estacionamiento como a 100 pies de distancia de su apartamento, que está cerca de una ruta accesible con pasamanos que puede utilizar para soporte. El espacio de estacionamiento que actualmente se le ha sido asignado está a 135 pies más lejos del espacio que había solicitado, limitando severamente su habilidad para movilizarse.

Los cargos de HUD serán escuchados por un juez de Ley Administrativa a menos que cualquiera de las partes involucradas opte porque el caso sea escuchado en la corte federal del distrito. Si un juez de ley administrativa encuentra que en efecto, ocurrió discriminación, él puede otorgar daños a las partes querellantes por pérdidas sufridas como resultado de la discriminación. El juez también puede ordenar amparo judicial y otro amparo equitativo para desalentar que siga ocurriendo discriminación, así como pago de honorarios de abogado. Además, el juez puede imponer multas civiles a fin de reivindicar el interés público. Un juez de la corte federal del distrito puede también otorgar daños punitivos a la parte querellante.

La Oficina de Equidad de Vivienda e Igualdad de Oportunidades (FHEO) de HUD y sus socios en el Programa de Ayuda de Equidad de Vivienda investigan aproximadamente 10,500 quejas de discriminación de vivienda al año. Las personas que creen haber sido víctimas de discriminación de vivienda deben comunicarse con HUD al (800) 669-9777 (voz), (800) 927-9275 (TTY). Información adicional está disponible en línea.


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