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  Por el libro

14 de enero de 2009

CPSC

En febrero de 2009, entran en vigencia nuevos requisitos de la Ley de Mejora de la Seguridad de Productos de Consumo (CPSIA, por sus siglas en inglés). Se espera que fabricantes, importadores y minoristas cumplan con las nuevas leyes exigidas por el Congreso. A partir del 10 de febrero de 2009, no pueden venderse productos para niños con niveles de plomo superiores a 600 partes por millón (ppm) en total. Además el 10 de febrero de 2009, ciertos productos para niños fabricados a partir de esa fecha no podrán venderse si contienen más de 0.1% de ciertos ftalatos específicos o si no cumplen con los nuevos estándares obligatorios para juguetes.

Según la nueva ley, los productos para niños con niveles de plomo superiores a 600 ppm en total no podrán venderse legalmente en los Estados Unidos a partir del 10 de febrero de 2009, aunque hayan sido fabricados antes de esa fecha. El límite del nivel total de plomo se reducirá a 300 ppm el 14 de agosto de 2009.

La nueva ley exige que los fabricantes e importadores en los Estados Unidos certifiquen que los productos para niños fabricados luego del 10 de febrero cumplen con todas las normativas de seguridad y la prohibición de plomo. Los vendedores de productos usados para niños, tales como las tiendas de segunda mano y de consignación, no precisan certificar que dichos productos cumplan con los nuevos niveles límite de plomo, el estándar de ftalatos ni las nuevas normativas para juguetes.

La nueva ley de seguridad no exige que los revendedores prueben los productos para niños que estén incluidos en los inventarios para determinar si cumplen con el nivel límite de plomo, antes de que sean vendidos. Sin embargo, los revendedores no pueden vender productos para niños que superen el nivel límite de plomo y, por lo tanto, deberían evitar los productos que probablemente contengan plomo, salvo que cuenten con información de prueba o de algún otro tipo que indique que los productos en venta tienen una cantidad inferior al nuevo límite. Aquellos revendedores que sí vendan productos que no cumplan con los nuevos límites podrían sufrir sanciones civiles y/o penales.

Cuando la CPSIA se convirtió en ley el 14 de agosto de 2008, comenzó a ser ilegal vender productos retirados del mercado. Todos los revendedores deberían consultar el sitio web de la CPSC (http://www.cpsc.gov) para obtener información sobre productos retirados del mercado antes de realizar los inventarios o de vender los productos. La venta de productos retirados del mercado también podría acarrear sanciones civiles y/o penales.

Si bien la CPSC espera que toda empresa cumpla plenamente con las nuevas leyes, los revendedores deberían prestar especial atención a ciertas categorías de productos. Entre ellas, se encuentran productos para niños retirados del mercado, en especial cunas y corralitos; productos para niños que pueden contener plomo, como joyas de juguete y juguetes de metal o de madera pintados; juguetes hechos frágilmente, que pueden romperse fácilmente en partes pequeñas; juguetes que carecen de las advertencias requeridas acerca de la edad mínima; y muñecas y juguetes de peluche que tengan botones, ojos, narices u otras partes pequeñas que no estén bien aseguradas y que podrían plantear riesgo de asfixia para los niños más pequeños.

La agencia tiene en marcha una cantidad de propuestas de reglamentos que tienen por objetivo orientar acerca de los nuevos requisitos de niveles límite de plomo. Para obtener más información, sírvase visitar el sitio web de la CPSC en http://www.cpsc.gov.


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