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9 de junio de 2011

El Vocero

El nuevo reglamento del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) no parece haber complacido no a los consumidores ni a los comerciantes, razón por la cual la Comisión de Asuntos del Consumidor de la Cámara de Representantes ha iniciado una investigación en torno a la eficiencia del recién enmendado Reglamento Contra Prácticas y Anuncios Engañosos.

Según la R. de la C. 1595 la investigación tiene particular atención a las reglas relacionadas a la disponibilidad de bienes anunciados en especial, artículos sustitutos y vales "rain checks", políticas de devolución, propinas y garantías; así como a la necesidad y conveniencia de promulgar legislación dirigida a mejor proteger a los consumidores puertorriqueña contra de prácticas y anuncios engañosos.

En vista pública de la comisión presidida por el representante Jorge Navarro Suárez asistieron como deponentes; el DACO, Asociación de Comercio al Detal, Organización Pro Asuntos del Consumidor (OPAC) y Centro Unidos de Detallistas, los últimos dos mencionados hicieron referencia a enmiendas que debe hacerse en el nuevo reglamento.

Para el Centro Unidos de Detallistas, el nuevo reglamento resulta muy cómodo para el sector comercial, sin embargo, la realidad es que no es razonable para efectos del consumidor según especificó en su ponencia el Presidente del gremio, Ignacio R. Veloz Arroyo.

En su ponencia, Veloz fue enfático en que el nuevo reglamento no le exige al comerciante una cantidad mínima de artículos, sino que la venta culmina una vez el inventario se haya terminado. Sostuvo que en el reglamento pasado se establecía un inventario mínimo de artículos en especial, y requería al comerciante un mínimo especifico de horas en que este debía garantizar la disponibilidad el bien anunciado, lo que obligaba a los comercios en cadenas a asegurar la disponibilidad de los artículos anunciados.

El ejecutivo trajo a colación que que hubo múltiples quejas de consumidores en las Navidades de 2010-2011,donde éstos reportaban engaños motivados por anuncios y "shoppers" en las que cadenas comerciales anunciaban un artículo que, luego de hacer largas filas, no se encontraban disponibles y ni tan siquiera advertían de la no disponibilidad de dicho artículo con la evidente intención de utilizar el susodicho anuncio como anzuelo en la atracción de consumidores a sus establecimientos.

Por su parte, la Organización Pro Asuntos del Consumidor (OPAC) expuso que el nuevo reglamento establece que en un anuncio el comerciante puede limitar la cantidad disponible de cada uno de los artículos disponibles por tienda ó almacén, lo que aclaró no está siendo cumplido por una gran cantidad de comerciantes. A ello sumó que tampoco están cumpliendo con el mínimo de tiempo que garantiza que el inventario limitado estará disponible conforme a su demanda razonablemente anticipada.

El representante por su parte expresó su preocupación ante los derechos del consumidor y recalcó que la comisión seguirá trabajando para investigar más a fondo el nuevo reglamento.

"El reglamento de DACO debe tener como fin velar y proteger los derechos que tenemos como consumidores, no a beneficiar a los comerciantes. Es una verdadera preocupación que el mismo incite a los comercios a utilizar su promoción de especial como gancho para atraer al consumidor a la tienda. El reglamento debe obligar al comerciante a tener más responsabilidad y conciencia al momento de hacer algún tipo de promoción, de manera que se pueda evitar prácticas y anuncios engañosos", expresó Navarro Suárez.

Mientras tanto, la subsecretaria del Daco, Carmen I. Salgado explicó que la disponibilidad de bienes anunciados en especial está reglamentado por la Regla 13 del reglamento vigente, la cual exzplica la duración de tiempo mínimo, que regularmente son cuatro horas. Aclaró que las disposiciones de las Reglas 13, 14 y 15 sólo aplican a ventas en especial y a bienes anunciados en especial.

Igualmente explicó, que para un comerciante limitar cantidades viene obligado a indicar la cantidad disponible, la fecha de terminación de la venta y el tiempo mínimo de duración de la oferta. De acabarse el bien antes del tiempo estipulado, el comercio viene obligado a ofrecer un artículo sustituto o un vale "rain check".

Según las estadísticas de la agencia, por disponibilidad de bienes en especial se han radicado 429 querellas, por artículos sustitutos 176 y por rain check sólo 113.


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