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  Por el libro

18 de mayo de 2011

La Opinion

Si usted ha vendido una casa por menos de lo que debía en ella (shortsale), o si ha perdido una propiedad por ejecución de la hipoteca (foreclosure), puede que tenga que pagar un impuesto sobre la cantidad perdonada. Hay varias excepciones a esta obligación, como recientemente hemos analizado en esta columna, como la Ley de condonación de deudas del 2007 y el recurso de la insolvencia.

Ahora consideraremos la quiebra, o la bancarrota ‘Capítulo 7’, como recurso para eliminar las deudas, incluyendo las que resultan por haber perdido una propiedad.

El recurso de quiebra ofrece una manera sencilla y económica de eliminar las deudas a los individuos, y proporciona una manera de finalizar las actividades comerciales de las compañías. Según la información del Tribunal de Quiebras, el objetivo principal del Capítulo 7 es conseguir la absolución, o el perdón, de las deudas, la cual se da en el 97% de los casos que se presentan.

El deudor que se acoja al Capítulo 7 ha de demostrar que cada mes sólo está ganando lo suficiente para pagar los gastos básicos: la renta, comida, luz, etc. Por ejemplo, si hay ingresos de $2,100 al mes, y gastos de $2,090, no hay dinero al final del mes para hacer frente a los pagos de las tarjetas de crédito y las demás cuentas. Con la quiebra, el deudor puede eliminar las deudas que no tienen garantía, como son las de las tarjetas de crédito y las que resultan del incumplimiento de un contrato, las cuentas médicas y el monto que hay que pagar cuando se entrega un carro antes de tiempo. También se pueden anular ciertos impuestos no pagados.

No obstante, el gran número de deudas que se eliminan, hay obligaciones que no se pueden anular, como la manutención a la esposa e hijos y los préstamos estudiantiles. Tampoco se perdonan las deudas incurridas por fraude, las multas y cuotas que resultan de los casos penales y varios impuestos. La principal ventaja del Capítulo 7 es la suspensión inmediata de las cartas y llamadas de los cobradores. De igual manera, pone un paro a las demandas en contra del deudor o de sus bienes y congela el proceso del embargo sobre el sueldo del deudor.

Antes de empezar el Capítulo 7, tiene que completar un análisis o cuestionario hecho por una consejería de deudas aprobada por el gobierno. La entrevista dura sólo una hora y se puede hacer por teléfono o internet. La lista de consejeros aprobados se encuentra en
http://www.justice.gov/ust/eo/bapcpa/ccde/cc_approved.htm.

La quiebra se inicia preparando y entregando la petición y los anexos al tribunal en la zona geográfica donde vive el deudor con una cuota de $299. Entre otras cosas, estos papeles deben incluir una lista de todos los acreedores, una de todos los bienes (el ‘activo’) y un desglose de los bienes que el deudor, o su abogado, opine que sean exentos de la jurisdicción del tribunal, por ejemplo, la pensión, los muebles, la ropa, el automóvil y hasta $100,000 de plusvalía en su residencia.

Aproximadamente 30 días después de entregar la petición, se convoca una reunión en la cual el deudor ha de comparecer ante el administrador del caso. En esta entrevista se le harán preguntas para verificar que toda la información en la petición es correcta. Si la petición está preparada debidamente, y no hay preguntas de los acreedores, la entrevista dura menos de 2 minutos. Hay interpretación gratuita para los que no hablan inglés.

Por lo general, de 60 a 90 días después de la entrevista el deudor recibe la orden del juez en la cual se perdonan las deudas para siempre. En la mayoría de los casos esta orden se concede sin que el deudor tenga que perder su carro, su casa, o sus bienes muebles.

Para más información sobre el proceso de quiebra, consiga el folleto ‘CAPITULO 7: La Liquidación’ directamente del tribunal de quiebras o de la página web:
http://www.cacb.uscourts.gov/ español. Si necesita ayuda para preparar la petición y sus numerosos anexos, pueden contactar al Neighborhood Legal Services de Los Angeles (Angelicacarrillo@nls-la.org).


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