12 de noviembre de 2009
Doctorshoper
12 de Noviembre del 2009, San Juan. El Departamento de Asuntos del Consumidor de Puerto Rico (DACO) cedió a presiones para beneficiar a Wal-Mart en detrimento de los consumidores del Puerto Rico. El nuevo reglamento de Anuncios Engañosos, luego que fuera enmendado y radicado al en el Departamento de Estado el 24 de septiembre del 2009 y cuyo plazo de 30 días como requiere la ley para que tomara vigencia el 24 de octubre del 2009 fue saboteado a la semana de haber tomado vigencia por presiones de Wal-Mart ante DACO. Esto sucedió el 3 de noviembre del 2009 cuando el Secretario, Honorable Luis A Rivera Marin, emitió lo que se conoce como " Interpretación del Secretario 2009-02.
En www.doctorshoper.com llegamos a esta conclusión cuando leemos en la página 3 y 4 la bajo el titulo Análisis y Conclusión donde dice y citamos"En nuestra interpretación oficial que una compra excepcional no constituye una venta especial según definido por el reglamento, si el articulo no se ha rebajado de su precio regular. Existen artículos que se venden a su precio regular pero fueron conseguidos a muy buenos precios y así mismo se le venden a los consumidores. Sin embargo, esos precios a pesar de ser excepcionales no fueron rebajados de sus precios regulares.
Veamos lo que dice Wal-Mart sobre la compra excepcional;
"Algunos de nuestros productos son de compra excepcional. Cuando vea artículos con el logo de compra excepcional sabrá que los esta obteniendo a un buen precio regular y están disponibles por tiempo o cantidades limitadas" (cita sacada del mismo shopper de Wal-Mart).
Esto va en contra del propio reglamento que el mismo Secretario radicó. El Secretario sometió el reglamento y cuando Wal-Mart se dio cuenta que el nuevo reglamento no le beneficiaba ya que el mismo le trastocaba una de sus más valiosas herramientas de mercadotecnia y citamos
"En lo pertinente, la Regla 5 (CC) dispone que una venta especial es cualquier acto de venta de bienes y servicios mediante un precio inferior al precio regular, el cual es objeto de divulgación y publicidad. Además incluye toda conducta de venta dirigida a catalogarse como atractiva, beneficiosa, EXCEPCIONAL, de liquidación, con el objetivo de llamar la atención entre los consumidores , atribuyéndole transacciones de ahorro o transacciones cuyos términos y condiciones le conceden valor añadido a la compra de los bienes anunciados debido a que usualmente no están disponibles para el publico.
Salieron corriendo a DACO a buscar la ayuda del Secretario cuando el momento de haber presentado sus reclamos fue en Vista Pública celebrada en pasado 20 de septiembre del 2009 en las Oficinas de DACO y no luego que se había aprobado el Reglamento. Cuando leemos el porqué de las interpretaciones del Secretario nos topamos con lo siguientes: "Nos han solicitado una interpretación", "Por otro lado solicitan nuestra interpretación", "A su vez, nos solicitan interpretación oficial". Pero nunca indica quien o quienes realizaron dichos reclamos.
Con relación a la política de los Rain Checks sobre la mercancía que no esta disponible, aunque esa disposición existe en el reglamento nuevo, en realidad es inoperante ya que al no existir lo que en el reglamento anterior que estipulaba mínimo 50 artículos por tienda. Ahora el comerciante, al no tener un límite mínimo pone un artículo, va un consumidor y lo compra y no tiene que ofrecer Rain Check a 49 consumidores. Cuando leemos lo relacionado a la Interpretación de la Regla 14 en la página 5 segunda oración y citamos; "Si el cliente escogió el vale "Rain Check" pero la tienda no pudo obtener el articulo dentro los (30) días que dispone para ello, el consumidor puede optar por un articulo sustituto a ser electo por el comerciante, o solicitar del comercio que le sustituya la cantidad que se pudo haber ahorrado en el articulo si el articulo hubiese estado disponible, o puede extender el vale ("Rain Check") por un termino adicional de 30 dias.
Que significa esto; que además de eliminar las cantidades el articulo sustituto ya no es como era en el reglamento anterior que estipulaba que era de igual o mejor calidad del bien anunciado ahora el comerciante decide cual va a ser el articulo sustituto. Tambien el comerciante puede extender la vigencia del ("Rain Check") 30 dias mas ya que al tener que darle en efectivo la cantidad que se hubiese ahorrado en el bien que no estuvo disponible representa un desembolso del comercio algo que no esta claro en las Interpretaciones del Secretario y en el nuevo reglamento. "Such is Life".
En www.doctorshoper.com le exigimos al Secretario que en la misma forma que sucumbió a las presiones de Wal-Mart con las interpretaciones a su favor a que haga lo mismo y realice interpretaciones a favor de los CONSUMIDORES donde todo bien anunciado debe de estar en cumplimiento con la política de articulo sustituto o Rain Check y que se mantenga el mínimo de 50 artículos. Nosotros se lo solicitamos. En www.doctorshoper.com desde nuestros inicios hemos sido creyente de la libre empresa pero dentro de la libre empresa una competencia justa.