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  Por el libro

15 de junio de 2009

TRIBUNAL FEDERAL DISTRITO DE PUERTO RICO

¿Por qué recibí este Aviso?

Este es un Aviso de una Transacción propuesta en un pleito de Clase. La Transacción resolvería un pleito presentado a nombre de los residentes de Puerto Rico a quienes Empresas Berríos, Inc., a/n/c CWA y como Mueblerías Berríos, y E.B.M. Berwind, Inc. ("Berríos") envió ciertas cartas de cobro de deuda. Usted ha recibido este Aviso debido a que los archivos de Berríos indican que usted es miembro de la Clase. Sus derechos legales serán afectados por la Transacción de este pleito.

Favor de leer este Aviso con cuidado. El mismo explica el pleito, la Transacción, sus derechos legales y sus opciones con respecto a reclamar el pago de $150 del Fondo de Pago a los Miembros de la Clase; excluirse a sí mismo de la Transacción; o presentar preocupaciones sobre la equidad de la Transacción.

¿De qué se trata este pleito?

Este pleito se presentó el día 1 de Septiembre de 2006, ante el Tribunal Federal de Distrito para el Distrito de Puerto Rico. La demandante, Ivelisse Pabón Aponte, (la "Demandante") alega que Berríos envió cartas de cobro de deuda a los consumidores de Puerto Rico que no describían adecuadamente los derechos legales de los consumidores o que contenían información engañosa. La Demandante alega que las cartas violan una ley federal conocida como la Fair Debt Collection Practices Act ("FDCPA", por sus siglas en inglés).

Berríos niega las alegaciones hechas por la Demandante, niega que ha violado la ley, y niega toda responsabilidad con respecto a las alegaciones hechas en la Demanda.

La Demandante y Berríos han acordado transar el pleito para evitar el tiempo, riesgo y gasto de litigar el pleito y para lograr una resolución final de las alegaciones.

¿Por qué este es un Pleito de Clase?

En un Pleito de Clase, una o más personas, llamadas los "Representantes de la Clase" (en este caso, la señora Pabón Aponte), demandan a nombre de personas que tienen alegaciones similares. Todas estas personas juntas son una "Clase" o "Miembros de la Clase". El Tribunal resuelve las controversias para todos los Miembros de la Clase, excepto por aquellos que se excluyen ellos mismos de la Clase.

¿Por qué hay una Transacción?

El Tribunal no decidió a favor de la Demandante ni de Berríos. En lugar de ello, ambas partes han acordado llegar a una transacción. Esto evita el costo, el riesgo y la demora de un juicio. Bajo una Transacción, los Miembros de la Clase tendrán la oportunidad de obtener un pago a cambio de ceder ciertos derechos legales. La Representante de la Clase y los abogados entienden que una Transacción es lo mejor para todos los Miembros de la Clase.

¿Cómo se si mis reclamaciones están incluidas en la Transacción?

Usted recibió este Aviso porque los archivos de Berríos le han identificado como un Miembro de la Clase. Esto significa que usted cumple con la descripción de la Clase, que el Tribunal certificó para esta Transacción. El Tribunal decidió que todo residente de Puerto Rico que cumple con la descripción que se incluye abajo es un Miembro de la Clase.

La clase la constituyen los residentes de Puerto Rico a quienes Berríos enviró una carta a partir del 1 de Septiembre de 2005, en un intento de cobrar una deuda de consumidor, y la carta:

a. Tergiversó la naturaleza, cantidad o estatus legal de una deuda; o

b. Representó o dio a entender que la falta de pago de una deuda resultará en la confiscación o el embargo de propiedad cuando Berríos no tenía la intención de tomar dicha acción; o

c. Amenazó con tomar acción que Berríos no tenía intención de tomar; o

d. Usó medios falsos o engañosos para cobrar o intentar cobrar una deuda; o

e. Dejó de divulgar que la carta era de un cobrador de deudas; o

f. Usó un nombre comercial, de una compañía u organización que no era el nombre verdadero del negocio, la compañía u organización del cobrador de deudas.

Basado en una revisión preliminar de sus archivos, Berríos representa que hay aproximadamente 800 personas en la Clase de la Transacción.

¿Qué provee la Transacción?

Berríos pagará $120,000 para un Fondo de Pago a los Miembros de la Clase, que se distribuirán a los Miembros de la Clase que presentan una reclamación. Los Miembros de la Clase que someten una reclamación oportuna y válida tendrán derecho a recibir un cheque de transacción por la cantidad de $150. Si más de 800 Miembros de la Clase someten un formulario de reclamación oportuna y válida, cada Miembro de la Clase tendrá derecho a una participación pro rata del Fondo de Pago de los Miembros de la Clase.

Berríos ha acordado hacer un pago de servicio a la Representante de la Clase de $4,000 para compensarla por ayudar a presentar el pleito y los honorarios de abogado y gastos de los Abogados de la Clase incurridos en este caso. Los Abogados de la Clase pretenden solicitar del Tribunal $122,500 para cubrir los honorarios de abogado y los gastos. Berríos ha acordado hacer el pago de servicio y los honorarios de abogado y los gastos en las cantidades descritas, sujeto a la aprobación del Tribunal. Estas cantidades serán pagadas en adición a, y por lo tanto no reducirán, el Fondo de Pago de los Miembros de la Clase.

Berríos también ha hecho cambios específicos en sus prácticas de cobro de deudas. En particular, Berríos, y todas sus entidades afiliadas, representan y garantizan que ya no están usando cartas de cobro que contienen divulgaciones que no se conforman a la Sección 1692(e) del Título 15 de U.S.C., y que de otro modo están haciendo sus mejores esfuerzos para usar cartas de cobro que cumplen con la ley aplicable.

Para más información sobre este aviso visite: http://berriossettlement.com/uploads/10223notice-r1.pdf


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