13 de abril de 2009
Doctorshoper
Estimado representante Navarro Suárez:
Agradecemos la oportunidad que se le brinda a Gilberto Arvelo, conocido públicamente como doctorshoper.com, de expresar sus comentarios en torno a la Resolución Conjunta de la Cámara 65 (en adelante "R.C. de la C. 65"). El R.C. de la C. 65 busca Ordenar al Departamento de Asuntos del Consumidor de Puerto Rico enmendar los incisos (a) y (b) del Artículo 26.2 del Reglamento Núm. 7159 de 1 de junio de 2006, según enmendado, conocido como "Reglamento de Garantías de Vehículos de Motor", a los fines de extender las garantías de los vehículos de motor usados.
Aunque respaldamos la intención de le Resolución entendemos que las misma no resuelve el problema que están experimentando los consumidores que adquieren vehículos usados. Con el añadirles meses a los términos actuales no evita que los vendedores de vehículos usados cumplan con las expectativas de los consumidores. Por ejemplo el enmendar el articulo 26.2 (a) es académico ya que el término de 36,000 millas ya es prácticamente cubierta por la garantía básica del manufacturero en inclusive hay vehículos que tienen garantías de hasta por vida en diferentes componentes del vehículo. Lo que debe de estipularse es si el "millage exede" el termino calendario de la garantía del manufacturero por ejemplo 3 anos/36,000 millas. En el inciso (b) no tenemos oposición a lo recomendado en la Resolución.
Como indicáramos esta Resolución no ataca los principales problemas que están confrontando los consumidores al momento de reclamar sus garantías que actualmente están aprobadas por el Reglamento de DACO. En Puerto Rico las fuentes de inventario de vehículos usados son: compañías de alquiler de autos, subastas de vehículos reposeídos por parte de instituciones financieras, importados de los Estados Unidos, los "trade-ins" por parte de los consumidores.
El primer problema que confrontan los consumidores es que no se establece por escrito lo que debe de cubrir la garantía. El consumidor va con un problema al concesionario donde compro el vehículo y el vendedor le indica que eso no está cubierto por la garantía. El segundo problema es que cuando va al concesionario a reclamar la garantía se encuentra que el mismo de la noche a la mañana cerró y se desapareció. Existen situaciones que el concesionario fue vendido a otra persona o se cambio el nombre y el consumidor se quedo con el problema y el acudir a DACO para que le asista es una gestión de pérdida de tiempo. El tercer problema es que el vehículo que compro el consumidor fue previamente reparado como cambiarle la transmisión y el consumidor no fue notificado y aunque este dentro de los términos de la garantía original del manufacturero el mismo se opone el reparar el mismo ya que los términos de la garantía fueron alterados. El cuarto problema es cuando el concesionario que vendió el vehículo le da veinte vueltas al consumidor ganado tiempo en lo que se vencen los términos de la garantía. Por ejemplo si el término es de 4 meses hace todo lo posible para no resolverle el problema del consumidor. La quinta situación es cuando el consumidor compra un vehículo usado y el concesionario no posee las facilidades para poder cumplir con las posibles reclamaciones de garantía.
En www.doctorshoper.com le recomendamos a esta Honorable Comisión lo siguiente: Aprovechar que el consumidor se está inclinando a la compra de un vehículo de motor usado y exigirle a concesionario algún tipo de fianza para poder responderle a la garantía al consumidor. Eso sería añadido a las pólizas de seguro que ya todo concesionario posee. Si el vehículo es financiado por una institución financiera que dicha institución le retenga una cantidad que esta Comisión en acuerdo con DACO por el termino de la garantía. Si se le retiene por ejemplo $500 y la garantía es de 4 meses si dentro los 4 meses no hay ningún tipo de reclamación el banco le reembolsa el dinero al concesionario. Que certifique que el vehículo usado que vendió este en cumplimiento con todas sus campanas de "Recalls" del manufacturero. Que en la página de DACO se establezca cuales son los términos de las garantías como un certificado donde el concesionario entra la misma la imprime y le da una copia al consumidor. Además ampliar relacionados con las querellas para divulgar cuales concesionarios son los más querellados en relación con el cumplimiento de la garantía de vehículo usado. Orientar a los consumidores sobre cuáles son los vehículos usados según publicaciones como "Consumer Report" que son los más problemáticos. Es importante señalar que la venta de vehículos de motor usados en este momento es el que mayor beneficio le brinda al vendedor. En Puerto Rico se utiliza el "Kelly Blue Book" para determinar el valor venta de un vehículo de motor usado. La costumbre es comprarlo por debajo de tasación y venderlo bien por encima de la misma. A eso si le añade el ingreso que generan por financiar el vehículo ya que el interés de carro usado es mayor y por lo regular el concesionario trata de llevar a consumidor par de puntos hacia arriba de la tasa correspondiente ya que eso se convierte en ingresos adicionales. Esta resolución debe de ser ampliada para proteger a los consumidores como consecuencia de los cambios que en este momento está atravesando la industria automotriz cuando consumidores acudan a comprar o hayan comparado un auto usado y dichas empresas se han ido a la quiebra, pero más aun las empresas que le suplen los repuestos para poder cumplir con la garantía. En doctorshoper.com queremos aprovechar esta oportunidad para que se investigue todo lo relacionado con las garantías de los productos y servicios que está adquiriendo los consumidores en Puerto Rico. Con la problemática económica que muchas empresas está atravesando hemos venido observando una tendencia por parte de las empresas de incumplir con los términos y condiciones de las mismas.Esperamos que nuestros comentarios le sean de utilidad a esta Honorable Comisión en la consideración para la Resolución Conjunta de la Cámara 65.
Cordialmente,
Gilberto Arvelo
Doctorshoper.com