16 de febrero de 2006
Uno de los problemas principales que todo consumidor confronta al transitar por las carreteras de Puerto Rico es la gran cantidad de averias, hoyos o crateres que existen en las mismas. ¿Cuantos de nosotros hemos sido victimas de haber caido en uno de esos crateres y se nos ha doblado un aro, la goma se rajo y el tren delantero se destruyo? Luego empezar a resolver llamando una grua para a llevarlo un taller de reparacion, quedarnos sin transportacion y con un estimado de reparacion de sobre $1,000 que no estaban contemplado en el presupuesto de gasto de la familia.El gobierno provee un mecanismo para que los consumidores puedan reclamar un reembolso por esos gastos incurridos. He aqui el mehoyo de la situacion de como reclamar. No existe un sistema uniforme y amigable a los consumidores para poder procesar sus reclamaciones ya que el sistema esta disenado para hacerle practicamente imposible reclamar sus derechos.Asi es que funciona el sistema de reclamacion :1. Determinar a quien le pertenece esa carretera . a. Obras Publicas Estatales b. Obras Publicas Municipales c. Autoridad de Carreteras2. Determinar a quien le pertenece el boquete. a. Autoridad de Acueductos y Alcantarillados b. Energia Electrica c. Puerto Rico Telephone, Centennial d. Companias de Cable, etc..3. Hacer una querella a la policia.4. Visitar la dependencia a cual le pertenece el hoyo a. En Carreteras a la divicion de seguros b. En Obras Publicas Estateles la divicion legal. c. En los municipios la alcaldia en Obras PublicasDocumentos Complementarios Requeridos1. Reclamacion contra el Estado Libre Asociado de Puerto Rico (Forma SC-862) debidamente completada y notariada por un abogado.2. Complimentar formulario Declaracion de Testigos (SC-864), si es testigo ocular del accidente.3. Informe de Policia con copia certificada.4. Fotografias (una que muestre los danos,una que muestre el numero de tablilla y otra que muestre el lugar del accidente)5. Dos estimados de los danos, hechos y certificados en Original por personas confiables, que no tengan interes alguno en la reclamacion o factura certificada de pago.6. Copia de la licencia del vehiculo vigente a la fecha del accidente.7. Copia de la licencia de conducir vigente.8. Si el vehiculo esta asegurado, traer carta de la compania de seguros, indicando que no se ha reclamado por los danos al vehiculo ocasionados en dicho accidente (incluir numero de querella y fecha del accidente)9. De no tener seguro privado,carta del reclamante,certificando que solo posee el seguro compulsorio.10. Si la persona no es el dueno del vehiculo, debera someter declaracion jurada del dueno del vehiculo autorizandole a reclamar por los danos.11. Si el auto esta a nombre de una compania de alquiler o ?leasing?, traer carta de la compania, autorizandole a reclamar por los danos al auto.12. Si es una corporacion, debera someter una Resolucion Corporativa autorizando al reclamante a representarlos.Es importante saber que tanto la Autoridad de Carreteras como los municipios poseen polizas de seguros para cubrir estas incidencias.Por el contrario Obras Publicas Estatales no posee cubiertas de seguros para cubrir estas reclamaciones.Si usted tiene una reclamacion a Carreteras tiene que ir al piso 7 del Centro Gubernamental Minillas oficina de seguros pero si la reclamacion es a Obras Publicas Estatales es en el piso 17 oficina legal..Ademas es importante saber que toda reclamacion tiene un 25% de deducible.www.doctorshoper.com le recomienda a los consumidores que reclamen sus derechos y no se dejen de intimidar por la burocracia gubernamental y mas cuando nosotros los consumidores y contribuyentes pagamos muy caro por utilizar las carreteras del pais.Ademas es irresponsable que para poder iniciar una reclamacion tengamos que sacar tiempo para ir abuscar la informacion en vez de tenerla disponoble a los consumidores atravez de los sitios de la internet que tienen las identidades.