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  Por el libro

19 de mayo de 2006

SAN JUAN (AP) - El gobernador Aníbal Acevedo Vilá envió a la Legislatra una medida que establece un procedimiento rápido y más efectivo en el manejo de la propiedad confiscada como resultado de actividades delictivas.

La Fortaleza informó que el proyecto que crea una nueva Ley de Confiscaciones provee para que los procedimientos relacionados a las confiscaciones se lleven a cabo de forma separada e independientemente del procedimiento criminal contra la persona o personas acusadas.

"La propuesta... permitiría culminar los procedimientos de confiscación antes de que termine el proceso criminal. Incluso podrían llevarse a cabo antes de acusar. La culpabilidad o inocencia del propietario se hace irrelevante, pues la autoridad del Estado de tomar posesión de la cosa surge del mal uso que se le haya dado a lo confiscado", indica un comunicado de la casa de gobierno.

A su vez, la medida aclara el estado de derecho aplicable a la notificación de la acción de confiscación y las personas a las que se hará la notificación.

Al presente, ha habido confusión en cuanto al proceso de confiscación y la notificación de dicha acción, de acuerdo al parte de prensa. La medida plantea que, a raíz de ello, las acciones de confiscación se caen por defectos en la notificación.

Igualmente, el proyecto propone cambios al procedimiento de confiscación vigente, y a que se incluya al Departamento de Transportación y Obras Públicas como miembro de la Junta de Confiscaciones.

Además, le reconoce facultad al Presidente de la Junta de Confiscaciones para citar a secretarios, jefes o directores de agencias; y amplía la autoridad del Director Ejecutivo de la Junta de Confiscaciones para que pueda devolver a los dueños bienes indebidamente confiscados y que no serán retenidos a favor del Estado Libre Asociado.

Asimismo, crea el orden preferente para disponer de propiedad confiscada; y, mediante reglamentación, establece normas para la elegibilidad de organizaciones sin fines de lucro e individuos que quieran solicitar y recibir bienes confiscados a favor del Estado Libre Asociado.

Otro de los cambios que propone la medida es redistribuir la participación en los fondos depositados en el Fondo Especial que provee la Ley de Confiscaciones actual y que se nutre, precisamente, de los bienes confiscados.

Se propone que, al finalizar cada año fiscal, luego de que la Junta de Confiscaciones haya cubierto sus necesidades y haya reservado el gasto operacional del próximo año fiscal, se transfiera al Secretario de Hacienda el 5%; al Departamento de Transportación y Obras Públicas el 5%, al Departamento de Justicia el 20% y a la Policía de Puerto Rico el 50% del ingreso neto de la Junta para cada año.

El 20% restante que no se utilice para los propósitos de la Ley se transferiría al Departamento de la Familia.

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