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  Por el libro

10 de julio de 2006

El Poder Ejecutivo promulgó la Ley de creación del Registro Nacional de Terminales de Telefonía Celular, la cual establece sanciones, con responsabilidad civil o penal, para las empresas que habiliten teléfonos que han sido previamente reportados como robado.

La norma señala que el Registro Nacional de Telefonía Celular tiene por objeto registrar la marca, modelo, serie, numeraci?n y propietario de los teléfonos celulares que comercializan las empresas autorizadas con la finalidad de contrastarla con los que se reportan como robados o perdidos.

Además, la persona que altere, reemplace, duplique o modifique un número de línea, o de serie electrónico, de modo que pueda ocasionar perjuicio al usuario del mismo o a terceros, podría ser sancionada con pena privativa de la libertad no menor de dos años, ni mayor de cinco, con 60 a 365 días de multa, según informó la agencia Andina.

En los siguientes días la norma será remitida al Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC) y al Organismo Supervisor de Inversi?n Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) para su reglamentación.

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