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  Por el libro

26 de agosto de 2006

A partir de ayer, los productos que alegan mejorar las defensas del organismo, la potencia sexual o enfermedades catastróficas no podrán promocionarse con tanta facilidad.

El Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) emitió una orden de cese y desista a los anuncios de productos que no son regulados por la Ley de Farmacias. Si el producto no está regulado por dicha ley, en el anuncio y en la etiqueta del producto deberá indicarse si el producto ha sido aprobado o no por la Administración de Alimentos y Drogas (FDA, por sus siglas en inglés).

El titular del DACO, Alejandro García Padilla, dijo que desde hace tiempo se están publicando anuncios que prometen unos resultados casi milagrosos, y él tenía contemplado enviar a hacerle una pruebas químicas para verificar su contenido. Dijo que en la mayoría de los casos esos productos caen en dos categorías: en los que no hacen nada porque son un placebo, y los que tienen un ingrediente activo, que resultan ser los más peligrosos. Según él, en ambos casos los productos no cumplen lo que prometen en sus anuncios.

García Padilla dijo que optó por emitir esta orden de inmediato debido a que en esta semana comenzaron a promocionarse con mayor intensidad estos productos en diversos centros comerciales de la Isla y hubo una denuncia reciente.

Se trata del producto ?Liquid Health? que es distribuido en la Isla por Víctor Carrero, y que supuestamente sirve para evitar el contagio de la gripe aviar.

García Padilla dijo que, de ahora en adelante, éste y cualquier droga, suplemento dietético o producto cosmético que no esté regulado por la Ley de Farmacias y que prometa resultados que no puedan comprobarse, tendrá que indicar en el anuncio si está aprobado por FDA. Si no lo está, deberá decirlo también.

García Padilla, quien es comisionado de la FDA, dijo que aunque se haga esa aclaración en la etiqueta, un consumidor que no reciba los beneficios que promete el producto podrá querellarse contra la empresa que lo manufactura y lo promueve por ésta violar el Reglamento de Anuncios y Prácticas Engañosos. Los violadores de estas órdenes se exponen a multas de hasta $10,000.

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