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13 de octubre de 2006

La Asociación de Suscripción Conjunta aún desconoce cómo se aplicará el impuesto a la venta y uso (IVU) sobre el seguro de responsabilidad obligatorio (SRO), indicó su director ejecutivo, José L. Blanco.

Si bien el ejecutivo hizo claro que la prima de $99 no pagará el IVU, el reto se encuentra en la aplicación de ese tributo sobre las piezas y los servicios de hojalateros o mecánicos que reparen los vehículos accidentados.

$122.4
millones
reclamaciones pagadas por el seguro obligatorio en lo que va de año

$2
millones
ahorro en reclamaciones no pagadas en lo que va de año y que pudieran estar asociadas a casos fraudulentos

??Las piezas (de autos) van a aumentar en costo por el impuesto estatal y posiblemente, por el municipal?,

José L. Blanco
director ejecutivo de la Asociación de Suscripción Conjunta


?Las piezas van a aumentar en costo por el impuesto estatal y posiblemente, por el municipal?, dijo Blanco.

Según el director ejecutivo, el impuesto a la venta y uso (IVU) aplicará sobre las piezas que se adquieran para la reparación de vehículos accidentados y también sobre los servicios que brinde el hojalatero o el mecánico, pero todavía no conoce con exactitud, quién absorbería el impuesto. ?Si esos talleres están en una estructura legal que no les exime, esos talleres tendrán que cobrar el impuesto, pero no está claro quién lo absorbería. Eso va a terminar en el bolsillo del consumidor o en la Asociación (como parte del pago de la reclamación)?, manifestó Blanco.

El año pasado, el seguro obligatorio pagó $163.7 millones en reclamaciones, por lo que a razón de 7%, se estima que el IVU implicaría un costo adicional de $11.5 millones.

Blanco solicitó a la Asociación de Compañías de Seguro (Acodese) que evalúe la situación con los asesores legales, un asunto que urge, según el ejecutivo, pues la aseguradora se encuentra en el proceso de preparación del presupuesto.

Por su parte, la vicepresidenta ejecutiva de Acodese, Betsy Barbosa, dijo a El Nuevo Día que los productos de seguros, específicamente el pago de la prima, fueron excluidos del IVU.

Sin embargo, Barbosa reconoció que había una preocupación sobre la posible aplicabilidad del impuesto en las reclamaciones. Explicó que la organización hizo un análisis preliminar sobre el tema y concluyó que si el consumidor recibe el pago de la reclamación y utiliza los servicios de reparación o compra algún artículo determinado pagaría el IVU.

Mientras, si la aseguradora, al atender la reclamación del asegurado, paga directamente al taller o a la entidad que suministrará el servicio tras la pérdida asegurada, se consideraría como una transacción entre empresas por lo que quedaría libre del impuesto.

Barbosa dijo que Acodese efectuará un análisis más detallado sobre el tema y de ser factible, solicitará una enmienda a la Legislatura en la que se especifique que la indemnización que reciba un individuo por una pérdida asegurada estará libre del referido tributo que entra en vigor el 15 de noviembre.

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