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  Por el libro

El Pais.com

La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha impuesto multas por valor de más de 35 millones de euros a 16 empresas y dos asociaciones por haber conformado un cártel de precios. El organismo considera que ha probado que los representantes de las empresas se reunieron y llegaron a acuerdos para la fijación de precios y de condiciones comerciales en el mercado de alquiler de coches sin conductor. Además, asegura que eran conscientes de su infracción, y por eso ocultaron sus prácticas a las autoridades. Una de las empresas del cártel colabora para desenmascararlo y evita la sanción.

Competencia inició el expediente el 12 de enero del pasado año por posibles prácticas restrictivas, después de que la dirección de Investigación de la CNC hubiera realizado inspecciones en las sedes de estas empresas y asociaciones el 26 de octubre de 2011 y el 11 de enero de 2012. "Los acuerdos tuvieron una especial afectación en las comunidades autónomas de Cataluña, Valencia, Andalucía y Baleares", determina el organismo supervisor.

La CNC señala que las empresas multadas eran conscientes del engaño y plantearon un sistema para evitar el control 

La mayor multa de las 18 impuestas en total son los 15,5 millones de Goldcar. Le siguen los 5,6 millones a Centauro Rent-a-car; y los 4,9 millones a Record Go Alquiler Vacacional. También Automotivecars Málaga (2,9 millones); Alquiler de Coches Victoria (1,06 millones) y Avis Alquile un coche (1,5 millones) tienen multas superiores al millón de euros. Para el resto, las sanciones van de los cerca de 32.000 a los 600.000 euros. Entre las infractoras, la CNC identifica a dos asociaciones, la Asociación Empresarial de coches de Alquiler de Andalucía (AECA) y la Asociación de Empresarios de Servicios de Alquiler de Andalucía (AESVA), con multas de 150.000 y 100.000 euros respectivamente.

Las sanciones han llegado después de que una de las compañías se haya acogido al procedimiento de clemencia, por el cual, si una empresa colabora en la investigación sobre una posible infracción en su sector, puede evitarla multa. De este modo, la también sancionada Sol Mar Alquiler de Vehículos, a la que le correspondía una multa de 791.958 euros, según la CNC, "reúne los requisitos previstos en el artículo 65 de la Ley 15/2007 y, en consecuencia, le exime del pago de la multa que le corresponde por su participación en el cártel".

Fijación de precios y recargos pactados

Competencia señala que ha existido un cartel de precios entre las compañías, conformado "por los acuerdos adoptados e implementados a través de los contactos y las reuniones entre representantes de dichas entidades desde el 27 de mayo de 2005 hasta octubre de 2011, que entran dentro de la definición de cártel, dado que el objeto de los acuerdos consistía en la fijación de precios y de condiciones comerciales".

Competencia justifica que "los acuerdos adoptados por los miembros del cártel tenían por objeto fijar precios (ya fueran mínimos o directamente un incremento de estos, así como su mantenimiento en los periodos delimitados) y la misma política comercial respecto al inicio y final de cada temporada (alta, media, baja), como también de los extras y sus precios (recargos por sillas de bebés, conductor adicional, etc.)". Considera probado que las empresas participantes eran "plenamente conscientes de la ilicitud de los mencionados acuerdos, pues plantearon un sistema para evitar el control de la Autoridad de Competencia" y denuncia que diseñaron un mecanismo de vigilancia de la ejecución de los acuerdos adoptados por el cártel, "centrado en el presidente de la Asociación Empresarial de Alquiler de Andalucía (AECA)".

En opinión del Consejo de la CNC, todo cártel, por su propia naturaleza, produce un "falseamiento significativo de la competencia en el mercado considerado, que beneficia exclusivamente a las empresas participantes en los acuerdos conformadores de la infracción, que es sumamente perjudicial para los clientes y, en definitiva, para el público en general".

 


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