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FTC

Una cooperativa de dueños de farmacia en Puerto Rico, Cooperativa de Farmacias Puertorriquenas, conocido como "Coopharma," ha acordado resolver con la que Comisión Federal de Comercio mejor conocida por sus siglas en ingles como la FTC por cargos de afectar la competencia mediante la negociación, entrar y aplicación de acuerdos entre sus farmacias miembros para fijar los precios que ellos contratarían con aseguradores y “pharmacy benefit managers”.

Según la FTC, las acciones de Coopharma en los últimos cinco años han llevado a  precios más altos para los consumidores de salud de Puerto Rico. Para resolver los cargos, Coopharma ha acordado no participar en tal conducta en el futuro. El caso es el último ejemplo del trabajo de la FTC para proteger a los consumidores de mayores costos y la disminución de la innovación en el sector salud .

Coopharma consta de aproximadamente 300 propietario de farmacia miembros que poseen más de 350 farmacias en Puerto Rico. Sus miembros representan al menos un tercio de todas las farmacias en Puerto Rico y tienen una fuerte presencia en el lado occidental de la isla.

La FTC señala que desde el  2007, Coopharma ha violado las leyes antimonopolios federales colectivamente negociando con más de 10 pagadores sobre las tasas de reembolso, y firmando siete " contratos maestros" de una sola firma en nombre de las farmacias miembros. Además, la FTC alega que la amenaza de acción colectiva de los miembros de Coopharma llevó dos pagadores a pagar tasas más altas a los miembros del grupo a través de sus contratos individuales de farmacia. Las acciones de Coopharma causaron daños sustanciales a los consumidores del cuidado de salud de los puertorriqueños, los cargos de la FTC, sin cualquier compensación  y eficiencias.

La orden de consentimiento propuesto resuelve las inquietudes de la FTC relacionados con la conducta de Coopharma y está diseñado para evitar su recurrencia. Se prohíbe Coopharma a facilitar acuerdos entre ellos y cualquiera de las farmacias:

·         a negociar en nombre de cualquier farmacia con cualquier pagador;

·         negarse a tratar o amenazar a negarse a tratar con cualquier pagador;

·         para incluir cualquier término, condición o requisito que cualquier farmacia se ocupa, o está dispuesto a tratar con cualquier pagador, incluyendo, pero no limitado a precio o términos;  

·         no tratar individualmente con cualquier pagador o no tratar con cualquier pagador distinto a través de Coopharma.

La orden propuesta también prohíbe a Coopharma de facilitar los intercambios de información entre las farmacias respecto a si, o en qué términos contractuales con un pagador y  también prohíbe el  intento de participar en cualquiera de las conductas prohibidas por la orden. También le prohibe a Coopharma de alentar, sugerir, asesorar, presionar, inducir o tratar de inducir a nadie a participar en la conducta prohibida.

Finalmente, la orden propuesta le  permite a los pagadores de rescindir sus contratos con Coopharma sin pena y requiere Coopharma notificar a cada farmacia que provee servicios a través de la terminación de dicho contrato. También somete Coopharma a disposiciones destinadas a garantizar su conformidad con la orden propuesta, que caducará en 20 años.


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