10 de septiembre de 2008
La única forma de conseguir el pago. Renuncie a su derecho de ser parte de cualquier otra acción legal que incluya demandas asociadas con este caso. EXCLUIRSE No recibirá ninguna compensación. Esta es la única opción que le permite ser parte de otras acciones legales que incluyan demandas asociadas con este caso. OBJETAR Escriba al Tribunal sobre las razones por las que usted está en contra de este acuerdo. PRESENTARSE EN UNA AUDIENCIA Solicite permiso para hablar en los Tribunales sobre la imparcialidad del acuerdo. NO HACER NADA No recibirá ningún pago. Renuncie a sus derechos. ? Estos derechos y opciones ?y las fechas límites para ponerlos en práctica? se explican en esta Notificación. ? El Tribunal a cargo de este caso todavía debe decidir si aprueba el acuerdo. Si lo aprueban, y después que las apelaciones se resuelvan, los beneficios serán distribuidos entre aquellos que reúnan los requisitos. Por favor sea paciente.
INFORMACIÓN BÁSICA:1. ¿Qué es Esto? Esta Notificación es para informarle acerca del acuerdo colectivo pendiente en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida. El Tribunal ha otorgado una aprobación preliminar del Acuerdo y ha certificado el Grupo del acuerdo definido más detalladamente en esta Notificación, que sea sujeto a una Audiencia Imparcial, que tendrá lugar el 1º de diciembre de 2008 a las 8:30 a.m. en la Sala de Audiencias 12-2, Tribunal de Distrito de los Estados Unidos, Distrito Sur de Florida, para determinar si el acuerdo es justo, razonable y adecuado, y para considerar la solicitud por parte del Asesor del Grupo de la compensación por los honorarios y gastos de los abogados. Demandas similares contra Mobile Messenger, y otras, fueron entabladas y están pendientes en otros tribunales estatales y federales. Estas demandas se relacionan con el cobro por parte de Mobile Messenger de los cargos por contenido móvil a los suscriptores de telefonía inalámbrica quienes recibían el servicio a través de algún proveedorde telefonía inalámbrica, como AT&T, Sprint, Verizon, Altell Wireless, y T-Mobile. En el caso McFerren v. AT&T Mobility LLC, Nº2008-CV-151322 se ha llegado a un acuerdo en la demanda colectiva contra AT&T, y otros, en referencia a presuntos cargos sin autorización por contenido móvil (Condado de Fulton, GA) (el “Acuerdo AT&T”). Usted podrá presentar un Formulario de Reclamaciones por un reembolso adecuado en este acuerdo y también en el Acuerdo AT&T, pero tiene el derecho de recibir solamente un solo reembolso por los cargos sin autorización. A menos que el acuerdo sea final, usted no recibirá ningún pago o beneficio como resultado del acuerdo. Esta Notificación explica la naturaleza de una demanda colectiva y los términos del acuerdo y le informa sus derechos y obligaciones legales. Al aceptar el acuerdo, Mobile Messenger no admite ser responsable ante el Grupo del Acuerdo, o ante cualquier otro, ni que infringió alguna ley o regulación. Usted tiene opciones, las cuales se explican a continuación.
2. ¿Qué es el Contenido Móvil y Quién es Mobile Messenger? El “Contenido Móvil” es un producto (como por ejemplo melodías, juegos, gráficos y noticias u otras alertas) que puede comprarse y descargarse en el dispositivo inalámbrico, y que es patrocinado, promocionado y comercializado directamente por una parte tercera, un proveedor/vendedor de contenido (otro diferente a Mobile Messenger). Mobile Messenger es un “concentrador” de Contenido Móvil, lo que significa que actúa como intermediario entre numerosas compañías que venden Contenido Móvil y los distribuidores inalámbricos que le proveen a usted de servicio inalámbrico. Como concentrador, Mobile Messenger acuerda con los distribuidores inalámbricos dónde un tercero proveedor de Contenido Móvil puede utilizar el mecanismo de facturación y de cobro de los proveedores inalámbricos para cobrarle a usted por el Contenido Móvil. Estos cargos luego aparecen en su factura de teléfono móvil; sin embargo esos cargos pueden aparecer en su factura como parte de Mobile Messenger, una parte tercera, proveedor del Contenido Móvil, o simplemente con la descripción de los cargos sin la identificación del origen de los cargos.
3. ¿Sobre Qué es el Pleito? El demandante presenta una demanda colectiva en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida en representación de un grupo propuesto de suscriptores al servicio inalámbrico, alegando que Mobile Messenger les cobró a los suscriptores inalámbricos por Contenido Móvil que no fue autorizado. Demandas similares fueron entabladas contra Mobile Messenger, y otras, y están pendientes en los tribunales estatales y federales, incluyendo California y Florida. Estas demandas colectivas de forma similar alegan que Mobile Messenger les facturó a los suscriptores del servicio inalámbrico por Contenido Móvil que no fue autorizado o, en todo caso, fue autorizado por el anterior dueño del número de móvil antes que este fuera “reciclado” a un nuevo consumidor con suscripciones pre-existentes. No es necesario que usted viva en alguno de estos estados para recibir una compensación conforme al acuerdo propuesto si es que reúne los requisitos. La demanda Gray v. Mobile Messenger Americas, Inc. afirma las acciones legales por incumplimiento de contratos, enriquecimiento ilícito e infracción a las leyes de protección al consumidor, y busca compensación monetaria como también una orden judicial. Para solucionar este asunto sin los gastos y las incertidumbres del pleito en todas estas acciones colectivas, las Partes han llegado a este acuerdo que resuelve toda demanda potencial contra Mobile Messenger por los cargos alegados no autorizados. El Acuerdo requiere que Mobile Messenger pague cierto monto de dinero al Grupo del Acuerdo, los honorarios de abogado al Asesor del Grupo, y un pago de incentivo a los Representantes del Grupo si lo aprueba el Tribunal. El Acuerdo también requiere que Mobile Messenger implemente ciertas mejoras en el servicio. Este Acuerdo no es aceptación de delito por parte de Mobile Messenger ante el Demandante, el Grupo del Acuerdo, cualquier suscriptor del servicio inalámbrico ó cualquier tercera parte.
4. ¿Quiénes se incluyen en el Grupo del Acuerdo? Usted será miembro del Grupo del Acuerdo y sus derechos se verán afectados si usted es una persona en los Estados Unidos o sus Territorios con una cuenta inalámbrica, y a quien le han facturado Contenido Móvil, supuestamente sin autorización, asociado con Mobile Messenger entre el 1º de enero de 2005 hasta el 13 de agosto de 2008 y que no fue previamente compensado por estos cargos. Usted podrá presentar un Formulario de Reclamaciones en este acuerdo propuesto y en cualquier otro acuerdo colectivo propuesto incluyendo el Acuerdo AT&T, pero usted tiene el derecho de recibir solamente un solo reembolso por cualquiera de los cargos sin autorización.
5. ¿Qué Amparo se le Proporciona a los Miembros del Grupo Bajo el Acuerdo? A. Amparo para Todos los Miembros del Grupo del Acuerdo? Compromisos y Mejoras en el Servicio de Mobile Messenger. Mobile Messenger ha accedido a mejorar continuamente las prácticas de protección al consumidor, incluyendo su política de reembolso y ha acordado permitir la revisión externa de dichas prácticas. Además, Mobile Messenger ha acordado seguir cumpliendo con las reglas de la Mobile Marketing Association en relación con los números que han sido abandonados y “reciclados” a suscriptores inalámbricos nuevos. B. Amparo para los Miembros del Grupo del Acuerdo Presentando Formularios de Reclamaciones. Además de las mejoras del servicio descriptas más arriba, todos los miembros del Grupo del acuerdo tienen derecho a una compensación individual conforme al acuerdo siempre que sean elegibles. Mobile Messenger ha accedido a reembolsar el monto total de todos los cargos correspondientes por Contenido móvil asociados con Mobile Messenger que fueron facturados entre el 1° de enero de 2005 hasta el 13 de agosto de 2008. Los reembolsos serán otorgados a los miembros del Grupo del acuerdo de la siguiente forma: 1. Reembolsos. Mobile Messenger establecerá un monto para el arreglo y reembolsará a los miembros del Grupo del Acuerdo cualquier demanda aprobada por el periodo entre el 1º de enero de 2005 y el 13 de agosto de 2008. Para poder conseguir esta compensación, usted deberá presentar el correspondiente Formulario de Reclamaciones ya sea de forma electrónica o en papel a más tardar el 30 de enero de 2009 y seguir las instrucciones detalladas en los respectivos Formularios de reclamaciones y en esta Notificación. El monto del fondo del arreglo es de doce millones de dólares ($12,000,000) a menos que el Tribunal en el Acuerdo de AT&T otorgue la aprobación final del Acuerdo AT&T, en tal caso, el Fondo del Acuerdo aquí será reducido a nueve millones de dólares ($9,000,000). Además, si las demandas aprobadas en este acuerdo exceden el monto del fondo del acuerdo cada miembro del Grupo del acuerdo que haya presentado una demanda aprobada recibirá su porción del Fondo del Acuerdo. Las personas que son miembros del Grupo del Acuerdo pueden presentar un Formulario de Reclamaciones en este acuerdo y en el Acuerdo AT&T, pero recibirán solamente un reembolso por una demanda aprobada en alguno de los dos acuerdos ó en ambos. 2. Reembolso por los Cargos de Suscripción. En relación con las demandas por los cargos asociados con el Contenido Móvil vendido por medio de la suscripción entre el 1º de enero de 2005 y 13 de agosto de 2008, Mobile Messenger reembolsará a los miembros del Grupo del Acuerdo que reúnan los requisitos, un monto que no exceda tres veces el cargo mensual de suscripción.
6. ¿Cuáles son mis Derechos Legales? ¿ Cómo entablo una Demanda para un Reembolso? Si a usted le facturaron los cargos por Contenido Móvil entre el 1º de enero de 2005 y el 13 de agosto de 2008, y usted considera que fueron sin autorización y que estaban asociados con Mobile Messenger usted puede presentar un Formulario de Reclamaciones para obtener reembolso(s) de esos cargos como se detalla anteriormente. Para recibir cualquier reembolso usted debe presentar como corresponde y a tiempo un Formulario de Reclamaciones, ya sea electrónicamente por medio de www.CellPhoneDownloads.Class-Action-Admin.com, o si no tiene acceso a Internet, puede obtener un Formulario de Reclamaciones solicitando una copia al Administrador de Demandas llamando al número gratuito 1-800-936-5093. Luego podrá enviar por correo un Formulario de Reclamaciones completo en papel al Administrador de Demandas. El formulario en línea debe ser enviado por correo o la versión en papel ebe tener sello postal para el 30 de enero de 2009 o el Formulario de Reclamaciones será rechazado. d S iga los siguientes pasos para presentar un Formulario de Reclamaciones. Paso 1 ? Identificar los Cargos no Autorizados por Contenido Móvil Asociado con Mobile Messenger, que Usted Pagó y no se le Haya Reembolsado Previamente de Ninguna Fuente. Usted debe identificar todos los cargos por Contenido móvil no autorizado que fueron pagados por usted o en su nombre y que están asociados con Mobile Messenger durante el periodo entre el 1º de enero de 2005 y el 13 de agosto de 2008. Esta información la encontrará en su factura del servicio inalámbrico o puede obtenerla por medio de su proveedor inalámbrico o Mobile Messenger llamando al 1-800-416-6129. Los cargos por Contenido Móvil en sus facturas no siempre se detallan asociados con Mobile Messenger, pero pueden establecer que el cargo es de un tercero proveedor de contenido que utiliza los servicios de Mobile Messenger o pueden simplemente describir el cargo sin identificar el origen del mismo. Una lista de los códigos abreviados ? los identificadores que aparecerían en su factura de teléfono móvil si usted fuera un miembro del grupo ? puede encontrarse aquí: www.CellPhoneDownloads.Class-Action-Admin.com. Si llama a Mobile Messenger o a su proveedor inalámbrico, esté listo para dar su(s) número(s) de servicio inalámbrico y la(s) fecha(s) de dicho(s) cargo(s) supuestamente no autorizado(s). En el Formulario de Reclamaciones también deberá identificar específicamente los cargos de Contenido Móvil que usted desea que se le reembolsen, incluyendo la identificación de su(s) proveedor(es) inalámbrico(s), la(s) fecha(s) de dichos cargos, si ha recibido algún reembolso por alguno de los cargos, y si usted ha presentado alguna demanda en el Acuerdo AT&T o cualquier otro acuerdo que involucre demandas por cargos supuestamente no autorizados por el Contenido Móvil. Paso 2 ? Completar el Formulario de Reclamaciones. Usted debe completar toda la información solicitada en el Formulario de Reclamaciones y verificar que los cargos que usted demanda no fueron autorizados, que no se haya otorgado alguna compensación previa de ninguna fuente, si usted ha presentado o no un Formulario de Reclamaciones en el Acuerdo AT&T, y que toda la información proporcionada en el Formulario de Reclamaciones es correcta y verdadera. Los Formularios de Reclamaciones que estén incompletos o que no estén firmados serán rechazados. Paso 3 ? Presente su Formulario de Reclamaciones en Forma Electrónica O Con Sello Postal y Envíe por correo su Formulario de Reclamaciones en Papel al Administrador de Demandas. Debe presentar el Formulario de Reclamaciones completo al Administrador de Demandas, siguiendo las instrucciones para la presentación, ya sea electrónicamente o por correo, a mas tardar el 30 de enero de 2009. Debe presentar su Formulario de Reclamaciones a mas tardar el 30 de enero de 2009. ¿ Qué Sucede Después de Presentar un Formulario de Reclamaciones? Una vez recibido, el Administrador de Demandas revisará su Formulario de Reclamaciones para determinar si usted es o no miembro del Grupo del Acuerdo y si usted tiene o no derecho a un reembolso por los cargos no autorizados. Si se aprueba su Formulario de Reclamaciones, el Administrador de Demandas le enviará por correo un cheque por el monto menor entre el monto total de su demanda aprobada o su porción del fondo del arreglo remanente. Si usted presentó una Formulario de Reclamaciones en el Acuerdo AT&T, el Administrador de Demandas en este caso puede retrasar el envío del pago por una demanda aprobada hasta que el Administrador de Demandas haya determinado que el Acuerdo AT&T ha recibido una aprobación final y si su demanda está siendo compensada por medio del Acuerdo AT&T. Al presentar un Formulario de Reclamaciones en este acuerdo, usted estará entonces obligado por todas las órdenes y sentencias de la Corte y sus demandas contra Mobile Messenger, su(s) distribuidor(es) inalámbrico(s), y todas y cada una de las Partes Liberadas en estas demandas colectivas serán liberadas y finalmente resueltas conforme al acuerdo. Si su Formulario de Reclamaciones es rechazado por el Administrador de Demandas o de alguna otra forma impugnado, incluyendo pero sin limitación a Mobile Messenger, usted será notificado de las razones del rechazo o impugnación. Si su Formulario de Reclamaciones es rechazado, usted tendrá la oportunidad de apelar esta decisión. En la Estipulación del Acuerdo se detalla completamente este proceso, que puede acceder por edio de www.CellPhoneDownloads.Class-Action-Admin.com. m El Administrador de Demandas puede considerar numerosos factores en la revisión de su Formulario de Reclamaciones, las cuales se detallan íntegramente en la Estipulación del Acuerdo. (www.CellPhoneDownloads.Class-Action-Admin.com.) C ómo no Participar en el Grupo del Acuerdo Si no desea ser miembro del Grupo del Acuerdo, puede solicitar por escrito al Administrador de Demandas ser excluido. Para lograr eso, debe dar su nombre completo y dirección, establecer que usted no desea participar en el acuerdo propuesto, y entregar su solicitud de exclusión por correo, en mano, o servicio de entrega al día siguiente al Administrador de Demandas, en Gray v. Mobile Messenger Americas, Inc., P.O. Box 6177, Novato, CA 94948-6177. Para ser válida, la solicitud de exclusión deberá tener sello postal a mas tardar el 31 de octubre de 2008. ¿ Cómo Objeto a Este Acuerdo? El Tribunal dará una Audiencia de Imparcialidad para determinar si el acuerdo es justo, razonable y adecuado, y para considerar también la moción de los Asesores del Grupo por obtener el abono de los honorarios y los gastos de los abogados, y un(os) incentivo(s) para los Representantes del Grupo, el 1º de diciembre de 2008 a las 8:30 am. en la Sala de la Corte 12-2, en el Tribunal de Distrito de Estados Unidos, Distrito Sur de Florida, o como lo determine la Corte. Usted o su asesor tiene el derecho de comparecer ante el Tribunal para objetar este acuerdo. Sin embargo, para lograr ésto primero debe presentar una Notificación de Intención para comparecer y Apelar y Objetar. Todas las objeciones al acuerdo deberán presentarse a más tardar el 31 de octubre de 2008. Si usted decide objetar al acuerdo, deberá (1) proporcionar su nombre completo y dirección; (2) presentar evidencia de que usted es miembro del Grupo del Acuerdo; (3) incluir todos los argumentos, citaciones, evidencias probatorias de dicha(s) objeción/objeciones; (4) especificar quién, en caso de existir, asistirá a la Audiencia Imparcial para expresar su(s) objeción/objeciones al acuerdo; (5) entregar su(s) objeción/objeciones por correo, en mano o por servicio de entrega al día siguiente al dministrador de Demandas, al Asesor del Grupo y al Asesor de Mobile Messenger a las siguientes direcciones: A Gray v. Mobile Jay Edelson Philip F. Atkins-Pattenson Messenger Americas, Inc. Myles McGuire Sheppared Mullin Richter & P.O. Box 6177 Ryan D. Andrews Hampton LLP Novato, CA 94948-6177 KamberEdelson LLC Four Embarcadero Center, 17th Floor 53 W. Jackson Blvd., Suite 550 San Francisco, CA 94111-4109 Chicago, IL 60604 Y (6) presentar una copia de sus objeciones ante el Secretario del Tribunal en esta materia: Steven M. Larimore Secretario del Tribunal/Administrador Judicial 400 North Miami Avenue, 8th Floor SOUTH Miami, FL 33128
7. Si yo permanezco Dentro del Grupo del Acuerdo, ¿Quién Me Representa? El Tribunal ha asignado a los siguientes abogados para representar al Grupo del Acuerdo. Se los denomina “Asesores de grupo”. Usted no deberá pagar por estos abogados. Si usted desea ser representado por su propio abogado, podrá contratarlo a su propio cargo. Asesores de Grupo: Asesor de Enlace: Jay Edelson David Healy Myles McGuire Oficinas Legales de Davis P. Healy Ryan D. Andrews 2846-B Remington Green Cir. KamberEdelson LLC Tallahassee, FL 32308 53 W. Jackson Blvd., Suite 550 Chicago, IL 60604 Tel: 1-866-541-0323
8. ¿Cuánto es la Asignación de los Honorarios de los Abogados de la Parte Demandante? El Tribunal ha designado los abogados nombrados anteriormente para representar al Grupo del Acuerdo. En la Audiencia Imparcial descrita anteriormente, el Asesor del Grupo buscará la aprobación final del acuerdo y solicitará una aprobación por parte del Tribunal sobre la asignación del los honorarios, que consiste en los honorarios de los abogados y los costos de hasta $1.225 Millones ($1,225,000). Si el Tribunal lo aprueba, este monto será pagado directamente por Mobile Messenger al Asesor del Grupo del monto del Fondo del Acuerdo.
9. ¿Cuál es la Asignación de Incentivo para los Representantes del Grupo? Como parte de la aprobación preliminar del acuerdo, el Tribunal ha designado a los demandantes nombrados en este caso como los Representantes del Grupo, quienes recibirán $1,000 por sus servicios como representantes del grupo. Si lo aprueba el Tribunal, este monto será pagado directamente por Mobile Messenger al Representante del Grupo del monto del Fondo del Acuerdo.
10. ¿Qué Demandas Se Liberan en este Acuerdo? A menos que usted presente y entregue a tiempo una solicitud válida para excluirse usted será parte del Grupo del Acuerdo. Al permanecer en el Grupo del Acuerdo, todas las Órdenes del Tribunal también le corresponderán a usted. Entre otras cosas, usted le dará a Mobile Messenger, a todos los distribuidores inalámbricos a través de los cuales le adjudicó los cargos por Contenido Móvil, como también a los proveedores de Contenido Móvil (“las Partes Liberadas”) una cesión completa y total de todas las demandas que surjan a partir de o en relación a los supuestos cargos no autorizados por Contenido Móvil facturados a usted entre el 1º de enero de 2005 y el 13 de agosto de 2008. Una cesión indica que usted no podrá demandar o ser parte de ninguna otra acción legal contra las Partes Liberadas en relación con las demandas o asuntos involucrados en esta demanda colectiva.
11. ¿Cuál es la Opinión del Asesor del Grupo Acerca del Acuerdo? En relación con el acuerdo, el Tribunal ha otorgado la aprobación preliminar a la designación de un Asesor del Grupo que ha llevado una investigación exhaustiva sobre las demandas legales y de antecedentes de los miembros del Grupo del Acuerdo y las defensas que pueden esgrimir varios demandados, incluyendo Mobile Messenger, contra esas demandas. El Asesor del Grupo considera, basándose en su investigación, que el acuerdo es justo, razonable y adecuado y en el mejor interés del Grupo del Acuerdo. Al hacer esta evaluación, el Demandante y el Asesor del grupo también han tenido en cuenta el costo y el tiempo de largos y continuos procesos legales necesarios para llevar a cabo esta acción colectiva, y casos similares contra Mobile Messenger a través de juicios, veredictos, sentencias y apelaciones, y han tenido en cuenta la incertidumbre y el riesgo del resultado del pleito especialmente en acciones complejas como estas, como también las dificultades y los retrasos inherentes en dichas acciones.
12. ¿Cuándo Determinará el Tribunal la Imparcialidad del Acuerdo? El Tribunal ha otorgado una aprobación preliminar al Acuerdo. Una audiencia final sobre el acuerdo, que se denomina Audiencia Imparcial, se llevará a cabo para garantizar la imparcialidad del acuerdo. En la Audiencia Imparcial, el Tribunal escuchará cualquier objeción y argumento pertinentes a este acuerdo, como también la solicitud del Asesor del Grupo de una asignación de los honorarios y gastos de los abogados, y de una asignación de incentivos al Representante del Grupo. El Tribunal llevará a cabo la Audiencia Imparcial el 1º de diciembre de 2008 a las 8:30 a.m. en la Sala 12-2, Tribunal de Distrito de los Estados Unidos, Distrito Sur de Florida, 400 North Miami Ave, Miami, FL 33128. USTED NO ESTÁ OBLIGADO A ASISTIR A LA AUDIENCIA IMPARCIAL A MENOS QUE PLANEE OBJETAR EL ACUERDO. Si finalmente no se aprueba el acuerdo, el caso proseguirá como si las partes no hubiesen intentado o llegado a un acuerdo. No puede haber certeza de que si no se aprueba el acuerdo, el Grupo del Acuerdo recuperará más de lo estipulado en el acuerdo, o incluso, absolutamente nada.
13. ¿Dónde Puedo Obtener Más Información Sobre el Acuerdo? Cualquier consulta que usted o sus abogados puedan tener en relación a esta Notificación, deberá dirigirse al Asesor del Grupo en la dirección mencionada más arriba, o puede contactarse con el Administrador de Demandas en Gray v. Mobile Messenger Americas, Inc., P.O. Box 6177, Novato, CA 94948-6177. Se ruega incluir el nombre y el número del caso, y su nombre y su dirección actual para la respuesta en todas las cartas, no solo los sobres. También puede contactarse con el Asesor del Grupo al número 1-866-541-0323. También deberá leer la Estipulación del Acuerdo, a la que puede acceder por medio de un solo clic al siguiente vínculo: www.CellPhoneDownloads.Class-Action-Admin.com. Puede solicitar una copia del la Estipulación del Acuerdo al Administrador de Demandas enviando la solicitud de la siguiente forma: Gray v. Mobile Messenger Americas, Inc., P.O. Box 6177, Novato, CA 94948-6177. Le pedimos que no se comunique con el Secretario de la Corte. En su lugar, para obtener mayor información acerca de los términos y condiciones relacionados con el acuerdo, podrá contactarse con el Asesor del grupo o el Asesor de Mobile Messenger, de la siguiente forma: Asesores de Grupo: Asesor de Mobile Messenger: Jay Edelson Philip F. Atkins-Pattenson Myles McGuire Sheppard Mullin Richter & Hampton LLP Ryan D. Andrews Four Embarcadero Center, 17th Floor KamberEdelson LLC San Francisco, CA 94111-4109 53 W. Jackson Blvd., Suite 550 Chicago, IL 60604 Tel: 1-866-541-0323 Por Orden del Tribunal fechada: 5 de agosto de 2008 Tribunal de Distrito de Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida
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