12 de agosto de 2011
Consumer.es
Las dudas principales de los consumidores en época de rebajas se refieren al tipo de información que deben mostrar las etiquetas de los productos, el tipo de artículos que pueden anunciarse como rebajados, las condiciones de la garantía, las formas de pago y los cambios o devoluciones. En periodo de rebajas, un establecimiento comercial debe tener rebajados, como mínimo, la mitad de los productos que oferta. Además, los artículos deben haber estado expuestos, al menos, durante un mes antes de iniciarse la campaña. Los artículos rebajados tienen que estar separados y diferenciados del resto de los productos que están a la venta en el comercio. Los artículos en rebajas tienen que haber pasado los mismos controles y cumplir idénticas normas de calidad y etiquetado que los no rebajados. En cada artículo a la venta se debe indicar, de forma clara, el precio anterior y el precio rebajado o, en su defecto, el porcentaje de rebaja. En prendas textiles, hay que revisar con atención las etiquetas, en las que debe figurar la talla, composición y tratamiento de lavado y planchado. En el caso de los electrodomésticos, las etiquetas deben contener el grado de eficiencia energética. Está prohibido ofertar como rebajados productos con alguna tara, deteriorados u obsoletos. Los establecimientos no deben combinar las rebajas con otras promociones, ni se pueden poner a la venta saldos como si fueran rebajas. La calidad de los productos en rebajas debe ser la misma que durante el resto del año. En rebajas, un comercio debe admitir como forma de pago las tarjetas de crédito sin ningún tipo de recargo adicional, si lo hace durante el resto del año, salvo que el establecimiento indique, de forma visible, la no aceptación de este medio de pago. Hay que recordar que ningún establecimiento está obligado a aceptar tarjetas de crédito. En caso de contradicciones por parte del comercio, en la información facilitada al público (como un cartel donde se menciona un precio y en el tique otro), siempre prevalece la opción más favorable al consumidor. El comerciante no está obligado a cambiar un artículo o reembolsar el dinero del producto, salvo que tenga un defecto de origen o esté en mal estado. La posibilidad del cambio o devolución se considera una atención comercial y solo se realiza cuando así lo anuncia el establecimiento. En el caso de las compras a distancia, el consumidor dispone de siete días hábiles desde que recibe el artículo para devolverlo. Cuando un artículo tiene un defecto, se puede exigir el abono de la compra sin tener que aceptar vales, cheques, ni cambios, tanto si se pagó con tarjeta, como si se hizo en efectivo. La devolución de un producto adquirido antes de rebajas debe hacerse por el importe que figura en la factura y no por el precio del artículo rebajado. Es decir, la tienda debe reembolsar, hacer un vale, etc., por el importe que pagó en su día el comprador y no por el precio nuevo del artículo en rebajas. Se deben guardar siempre los justificantes de compra, facturas y tiques, como únicas garantías ante un posible cambio, devolución o reclamación. También durante el periodo de rebajas, los establecimientos tienen que contar con hojas de reclamaciones a disposición de los clientes. El plazo mínimo de la garantía, en el caso de los bienes de carácter duradero, es de seis meses a partir de la fecha de recepción del artículo, excepto cuando la naturaleza del producto lo impida. Si hay que reclamar, durante los primeros seis meses, es el comerciante quien debe probar que el defecto del producto sobre el que se reclama no es de fabricación. Sobre todo, ropa y complementos Las rebajas de este verano se han aplicado, sobre todo, a las prendas de vestir -el 75% de las ventas en esta época-, según señalan desde la patronal del pequeño y mediano comercio, la Confederación Española de Comercio (CEC). Los demás artículos que más se venden en la temporada de precios bajos son los complementos de moda, los aparatos tecnológicos y los productos de menaje y de equipamiento del hogar. En caso de contradicciones en la información facilitada al público, prevalece la opción favorable al consumidor Si un cliente cree que sus derechos como consumidor se han vulnerado, lo primero que debe hacer es tratar de dialogarlo con el vendedor en el propio comercio. Si el problema no se soluciona, el comprador puede solicitar la hoja de reclamaciones al establecimiento y presentarla ante la OMIC (Oficina Municipal de Información al Consumidor) de su localidad. En cualquier caso, las administraciones públicas se encargan de velar por el cumplimiento de lo dispuesto en la ley, para lo cual realizan las inspecciones precisas en los establecimientos comerciales. Sin embargo, la competencia sancionadora corresponde a las comunidades autónomas. Qué son las rebajas Según la Ley de Ordenación del Comercio Minorista (Ley 7/1996 de 15 de enero), las rebajas son un tipo de promoción de ventas por el que, en un mismo establecimiento y durante un tiempo, los artículos de la oferta habitual, que deben estar en perfectas condiciones, se venden a un precio más bajo del que tenían antes de ese periodo. Sin embargo, los productos que con anterioridad no estaban a la venta y ahora sí, no pueden calificarse como rebajas, ni tampoco los artículos deteriorados o los adquiridos "ex profeso" para venderse a un precio inferior al ordinario. Las ventas en rebajas solo tienen lugar en dos temporadas anuales: una a principios de año (rebajas de invierno) y otra en el periodo estival (rebajas de verano). Aunque cada comunidad autónoma establece la duración del periodo de rebajas, los propios negocios deciden el tiempo que van a dedicarles, con un mínimo de una semana y un máximo de dos meses. Cada establecimiento comercial tiene el deber de exhibir al público en un cartel visible la fecha del periodo de rebajas. Los artículos más comprados en rebajas son ropa y complementos, tecnología y productos de equipamiento del hogar La ley no establece ninguna diferencia con respecto a los derechos de los consumidores entre los periodos de rebajas y el resto del año. Es decir, el consumidor debe disfrutar de los mismos derechos que en otras épocas. Y es que en tiempo de rebajas lo único que no se puede rebajar son los derechos de los compradores. Sin embargo, sí aumentan las obligaciones de los comercios, que deben cumplir con determinadas normas adicionales. Tanto consumidores como comerciantes deben saber que la rebaja de los precios de los artículos no debe implicar un descenso en la calidad de los productos. En la presente campaña de verano, se prevé que Madrid, País Vasco y Cataluña sean las comunidades donde más se compre, mientras que Murcia, Extremadura y Canarias serán donde menos gasto se haga durante los casi dos meses que duran las rebajas.
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