28 de abril de 2011
Linstin Diario
El Proyecto de Modificación a la Ley 183-02, Monetaria y Fiananciera, contempla, en cumplimiento a las disposiciones convenidas en el pacto Standby firmado con el Fondo Monetario Internacional (FMI), una penalización de RD$3 a RD$10 millones a los banqueros que cometan fraudes, prisión de hasta de 10 años e inhabilitación por el mismo tiempo para formar parte de una entidad de intermediación financiera. La pieza, sometida el 31 de marzo pasado, toma en consideración la experiencia de los fraudes bancarios que afectaron el sistema financiero nacional, con nuevos tipos penales de infracciones a la normativa monetaria y financiera, dentro del régimen penal bancario, y amplía las normas penales existentes para delitos no contemplados en el ejercicio de la intermediación financiera o cambiaria. "Este régimen ha sido concebido principalmente como un mecanismo para desmotivar la comisión de estos delitos", dice. El aumento de las penalidades está contenido en los artículos 124 y 125. Establece, asimismo, inhabilitación por diez años para realizar y formar parte las actividades de intermediación financiera. También establece responsabilidad penal para los miembros de las comisiones de liquidaciones administrativas que hagan uso de los bienes de la entidad financiera en liquidación, en beneficio propio o de terceros, los que serán condenados con cuatro a diez años de prisión, multa de RD$3 millones a RD$10 millones, inhabilitación por cinco años. Las penalidades contempladas en el artículo 125 de la referida legislación son aplicables para la asociación ilícita financiera. La modificación a la Ley 183-02 también plantea el capital suscrito y pagado de las entidades bancarias, los contratos de adhesión, las cuentas abandonadas, entre otras medidas. Designación El puesto de gobernador y de vicegobernador del Bancentral serán designados por cuatro años, que pueden ser renovables. También las funciones del gerente como del contralor.
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