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22 de marzo de 2011

Primera Hora

Al reestablecerse el servicio de ferry entre Puerto Rico y Republica Dominicana, el Negociado de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés) emitió hoy los consejos más importantes para los viajeros entre ambas islas caribeñas.

Para facilitar el proceso de entrada de los viajeros, y evitar mayores inconvenientes, Marcelino Borges, director de Operaciones de Campo de CBP en Puerto Rico e Islas Vírgenes, destacó en primer lugar tener a la mano los documentos de viaje que se requiere para entrar al país y los que debe tener para regresar a territorio estadounidense.

Documentos

Los ciudadanos americanos tienen que viajar con pasaporte, tarjeta de pasaporte, licencia de conducir mejorada, o documentos de Programas de Viajeros de Confianza.

La licencia de conducir de Puerto Rico no es un documento válido para viaje internacional, apuntó.

Los niños estadounidenses menores de 16 años que quieran cruzar la frontera por mar, lo podrán hacer presentando el certificado de nacimiento original o una copia, el documento consular de nacimiento en el extranjero, el certificado de naturalización.

Jóvenes estadounidenses y canadienses menores de 19 años que viajen por tierra o mar en excursiones escolares, con un grupo religioso, organización social o un equipo deportivo, podrán cruzar la frontera bajo la supervisión de adultos con el certificado de nacimiento original o una copia, el documento consular de nacimiento en el extranjero, el certificado de naturalización o el documento de identidad canadiense.

El grupo debe estar preparado para presentar una carta con el sello de la organización con la siguiente información:

- Nombre de la organización y el supervisor adulto.

- Lista de los menores en el viaje, con su dirección, número de teléfono, fecha de nacimiento y por lo menos el nombre de uno de los padres o tutores legales de cada uno de los menores.

- Documento escrito y firmado del supervisor adulto certificando que ha obtenido permiso de los padres o tutores legales para cada uno de los menores.

Los residentes permanentes de los EE.UU. deben viajar con su Tarjeta Verde (Forma I-551) y los ciudadanos extranjeros con su pasaporte y correspondiente visado.

Los militares de EE.UU. pueden presentar el documento de identificación militar cuando están viajando con órdenes oficiales.

Los ciudadanos de EE.UU. que estén en la Marina Mercante pueden presentar un documento no vencido del infante de marina mercante conjuntamente con negocio marítimo.

Otros consejos importantes

1- Declare todo lo que esté trayendo del extranjero y el precio pagado por estos, incluso si lo compró en una tienda libre de derechos arancelarios (Duty Free). Esta mercancía esta sujeta a impuestos y otras restricciones en los Estados Unidos.

2. Sea cauteloso cuando compre cualquier cosa de vendedores ambulantes. La mercancía podría ser falsificada o poco segura, y que cabe la posibilidad de que Aduanas y Protección Fronteriza decomise la a su regreso. Conozca la diferencia entre mercancía prohibida (como marfil, productos de carey, hierbas medicinales y artículos falsificados) y mercancía restringida.

3- Tenga en cuenta que los artículos que compra en el extranjero para regalo o uso personal cumplen con los requisitos para la exoneración de aranceles. Si los está trayendo para revenderlos, no están exonerados.

4- Usted puede entrar o salir de territorio estadounidense con cualquier cantidad de divisas (dólares o pesos dominicanos). Sin embargo, tiene que informar la cantidad en su posesión que en su totalidad ascienda a 10,000 dólares o más, mediante el formulario FinCen 105 (Currency Reporting Form). Las penalidades por no cumplir con esta regulación son severas.

5- Tenga en cuenta que muchos medicamentos fabricados en el extranjero no están aprobados por la Administración de Drogas y Alimentos (FDA, por sus siglas en inglés) y no puede ingresarlos a Estados Unidos. Además, cuando viaje al extranjero, lleve consigo solamente la cantidad necesaria de medicamentos para la duración del viaje.

6- No traiga ningún producto hecho en Cuba a Estados Unidos, independientemente de dónde lo haya comprado.

7- No traiga ningún alimento a Estados Unidos sin verificar primero si está permitido. Por ejemplo, productos derivados de la carne de cerdo o aves están prohibidos. Por ejemplo, el salami, huevos, etc., no están permitidos. Además, los productos para aves, caballos, ya sean para uso personal o comercial, pueden estar restringidos o prohibidos (antibióticos). Recomendamos que antes de traer cualquier producto agrícola verifique que este esté permitido.

La agencia recordó que los Oficiales de CBP pueden inspeccionarle y sus pertenencias sin una orden de registro. Esto puede incluir su equipaje, vehículo y persona, y tiene como propósito velar por el cumplimiento de nuestras leyes y proteger a los viajeros legítimos.

CBP es responsable de hacer cumplir 400 leyes y regulaciones en los puertos de entrada por delegación de 50 otras agencias federales como, por ejemplo, la Agencia de Protección Ambiental (EPA, por sus siglas en ingles) y la FDA.

Antes de viajar, puede leer el folleto "Know before you go" (lo que debe saber antes de viajar) o ver la versión de Internet en
www.cbp.gov y bajo la sección titulada "travel".