6 de diciembre de 2008
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La Cámara de Senadores aprobó el jueves, por unanimidad, una serie de iniciativas para proteger a los clientes de las instituciones financieras de algunas prácticas bancarias que calificó como "predatorias". El dictamen fue turnado a la Cámara baja para su revisión y aprobación, muy probablemente la próxima semana. Conoce lo que los legisladores aprobaron para la defensa de los consumidores en México. 1. Las instituciones de crédito tendrán que notificar a sus clientes con 30 días de anticipación el aumento de las tasas de interés de las tarjetas de crédito, con objeto de que los acreditados evalúen la conveniencia de seguir con esa tarjeta de crédito, menciona el dictamen. 2. Restringir los horarios en los que se realizan las ofertas de tarjetas de crédito a los clientes. 3. Prohibir la entrega de tarjetas de crédito preaprobadas sin que éstas sean solicitadas. 4. Que sólo se eleve el límite de crédito a clientes cumplidos, previo y expreso consentimiento de estos. 5. Sancionar el otorgamiento de crédito a menores de edad. 6. Que sólo se otorguen tarjetas de crédito a personas que tengan capacidad de pago. 7. Establecer que sólo se apliquen tasas de interés sobre saldos promedios diarios insolutos (el saldo insoluto es el monto actual de tu deuda, es el remanente que aún no se ha liquidado). 8. En el saldo promedio diario insoluto se considera o se cobra con base en el promedio de diversos adeudos, que podría ser mayor que manteniendo un solo adeudo y el cobro de éste. 9. Que los estados de cuenta contengan el plazo que necesitaría el cliente para finiquitar un adeudo si sólo se cubriera el pago mínimo. 10. También los estados de cuenta tanto de operaciones pasivas como activas deberán informar los elementos más importantes de la operación de que se trate, tales como las comisiones cobradas, el Costo Anual Total (CAT), los intereses cobrados o pagados según sea el caso, saldo, límites de crédito, advertencias que permitan ilustrar al usuario de dichos servicios sobre los riesgos en caso de pagos retrasados y de efectuar solamente los pagos mínimos. 11. Cuando las instituciones financieras ofrezcan un seguro por el uso de una tarjeta de crédito, el formato de la misma anuncie el costo del seguro, y señalar en la sección donde firma el usuario, que la contratación del seguro es opcional, y que la cancelación del mismo no implica cancelar el contrato. 12. Que el Banco de México (Banxico) determine los montos de pago mínimo que deberán cobrar las entidades financieras para que no establezcan pagos mínimos demasiados bajos, que puedan generar una deuda que se prolongue por muchos años o endeudamiento excesivo de las familias. 13. Que se incorpore un mecanismo que muestre de forma clara al cliente hasta qué límite puede endeudarse con un documento que mencione: Que deberán ser muy cuidadosos con su endeudamiento y el impacto en caso de incumplimiento. 14. Que el cliente no incurra en alguna penalidad si decide cancelar una operación dentro de los 10 primeros días hábiles siguientes a la firma de un contrato, es decir, un periodo de gracia para que el usuario decida si continúa o no con lo contratado. 15. Asimismo se le otorga mayores facultades de regulación, supervisión, conciliación y en atribuciones en sanciones a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).