16 de noviembre de 2006
Por: El Nuevo Dia La confusión era evidente en muchos comercios a primeras horas del día de ayer, y no era para menos, pues por primera vez en Puerto Rico se estaba cobrando un impuesto a la venta y uso (IVU).
Un incidente en la farmacia El Amal refleja esa confusión típica de los primerizos. Resulta que un cliente se quejó porque la cajera le cobró 11 centavos de impuesto.
En la calle
En las cajas registradoras de diversos comercios, era común la pregunta de que si el total de la compra ya incluía el IVU.
Algunos se quejaban de que la tienda no había bajado los precios.
A una clienta en otra tienda en Bayamón le cobraron 7%, aunque allí no hay impuesto municipal.
En contraste, otra señora alegó que en una tienda de la Ciudad del Chicharrón no le cobraron ningún impuesto, ni siquiera el estatal.
“A mí me dijeron que los alimentos están exentos”, le alegó. La empleada, algo desconcertada con la reclamación, llamó a la gerente.
El caballero había comprado dos productos: un refresco y un bizcochito envuelto en papel celofán. Ninguno de ellos se considera alimentos no preparados ,y por tanto, ambos están sujetos al pago del IVU. Sin embargo, al llegar la gerente, abrió la caja registradora y le devolvió los 11 centavos al cliente, quien se marchó contento.
En otro caso, la caja registradora cobraba 5.5% a muchos de los alimentos no preparados. A productos como una lata de espagueti con albóndigas, adobo, cereal Special K, leche Indulac, las sopas Campbell y el producto para diabéticos Glucerna le cobraban el impuesto, cuando deben estar exentos por ser alimentos no preparados.
José Morales, director de la división de Protección al Consumidor del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) en San Juan, amonestó a la cadena y exigió que, además de arreglar la programación computadorizada, asignaran un empleado a la caja registradora que revisara que los clientes que adquirieran alimentos exentos del IVU, no se les cobrara o le devolvieran el dinero.
“A los alimentos no los están eximiendo, y ese es un error grave”, indicó Morales.
Por su parte, Alejandro García Padilla, secretario del DACO, orientó a los consumidores y a los empleados a que si tienen duda de si un comestible está exento o no, hagan referencia a la tabla nutricional o suplementaria que aparece en cada producto. Si tiene la tabla nutricional (“nutrition facts”) está exento; mientras si dice “supplement facts” está sujeto al IVU, expresó García Padilla.
Otros consejos que dio el DACO a los consumidores es que es que revisen el boleto de compra.
“Tenemos que acostumbrarnos a mirar el recibo, y hacerlo en la misma tienda”, expresó Morales.
Otro consejo es que, al menos durante los primeros días, cuando salgan de compras lleven una calculadora y revisen que le hayan cobrado el impuesto correctamente y sólo a los artículos que corresponde. Además, estén pendientes a que en el recibo aparezca desglosado por separado el impuesto estatal y el municipal, así como el subtotal (antes del cobro de los impuestos) y el importe total.
García Padilla recordó que los alimentos no preparados, como las cajas de cereales, las bolsas de arroz, los granos, la leche, el queso y las carnes están exentos del pagar el nuevo impuesto. Pero si los compra ya preparados en una cafetería, en un deli, en una panadería o en cualquier fonda o restaurante, entonces sí lo pagará.
El consumidor no puede depender de que el empleado de la tienda conozca la ley y se la explique, pues la realidad es que muchos la desconocen, concluyó.