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  Que no te cojan de...
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7 de abril de 2008


Por: La Opinion

Las empresas de cobro de deudas son objeto del mayor número de quejas de los consumidores ante la Comisión Federal de Comercio (FTC), que el año pasado registró un aumento de las disputas.

El informe anual de dicha comisión sostiene que el año pasado los consumidores presentaron un total de 91,019 quejas contra los cobradores de deudas, lo que representó el 26.7% de todas las protestas recibidas.

Sin embargo, el peso de las quejas contra ese sector cae sobre compañías independientes de cobro de deudas en abrumadora mayoría, con relación a las quejas contra departamentos de cobranza incorporados directamente a bancos y prestamistas.

Las quejas contra compañías de cobros independientes representaron el 77.95% del total presentado contra esas empresas en 2007, y las mismas crecieron numéricamente respecto al año previo, impulsando con ello el aumento total de querellas contra el sector.

No obstante, las prácticas de compañías de cobro de deudas que violan los derechos de los consumidores pueden tener un mayor impacto que lo que refleja el informe.

El estudio afirma: "El número total de quejas de los consumidores recibidas por la FTC puede subestimar la extensión de la preocupación de los consumidores sobre las prácticas de los cobradores de deudas".

Agrega que es posible que algunos consumidores no estén siquiera al tanto de que algunas conductas que han experimentado por parte de colectores significan violaciones de la ley.

La categoría de infracciones con mayores quejas fue la relacionada con cobradores que demandan pagos mayores que los permitidos por ley.

Por ejemplo, cobradores que intentan saldar una deuda que el consumidor no debe o una cantidad mayor que la debida.

También en esta categoría entran el intento de cobrar imposiciones monetarias sobre la deuda, como intereses no debidos y cargos por recolección, tardanza o costos de corte.

El acoso al supuesto deudor o terceras personas es la segunda categoría que experimentó más quejas, las cuales incluyeron llamadas telefónicas continuas o a horarios inapropiados por parte de los cobradores, el uso de lenguaje obsceno o abusivo y el uso de violencia o amenaza de violencia al consumidor si no paga.

La amenaza de graves consecuencias, como iniciar una demanda civil o juicio criminal, embargar salario, decomisar propiedades o el arresto, entre otras, fue otro tipo de infracción reportada en las quejas.

Los consumidores deben conocer que la ley prohíbe a los cobradores de deudas hacer amenazas sobre posibles consecuencias si el individuo no paga, a menos que el colector tenga la autoridad legal y la intención real de iniciar el proceso en cuestión.

Algunas quejas se refirieron a llamadas inapropiadas de cobro al centro de trabajo del consumidor, dar a conocer la deuda a terceras personas sin permiso del deudor o al recibo de llamadas de colección después de que el consumidor comunicó por escrito que desea que se terminen tales llamadas o que no va a pagar la deuda.

Todos estos elementos constituyen violaciones de la ley, y la Asociación Nacional de Defensores de los Consumidores exhorta al público a conocer sus derechos y hacerlos valer.

Dicha organización recomienda a los consumidores que, cuando reciban llamadas de cobradores, anoten la fecha, hora, el nombre de la persona con la que hablan y el contenido de la llamada.