16 de octubre de 2008
Por: El Vocero
La Asociación de Suscripción Conjunta del Seguro de Responsabilidad Obligatorio pidió al juez federal José Fusté que emita una orden de “remedio en el ínterin”, pendiente de una orden final, en la que instruya al Departamento de Hacienda a transferir a la institución bancaria de la Asociación las colectas de las primas del seguro de responsabilidad pública a 24 horas de que esa agencia reciba esos fondos.
Así consta en una moción radicada por la abogada de la Asociación, Verónica Ferraiuoli, en la que informa que su petición surge luego de que el Departamento de Hacienda no transfiriera a la Asociación las primas colectadas desde agosto al 10 de octubre, según la Asociación, tras “numerosos esfuerzos” hechos por esa entidad.
El pasado 15 de agosto, Fusté emitió una orden de interdicto permanente en la cual el Departamento de Hacienda debía cesar y desistir de depositar en el Fondo General del Gobierno de Puerto Rico los recaudos de las primas del seguro de responsabilidad pública.
De igual forma, ordenó al Departamento de Hacienda a crear una cuenta separada en la que se depositen todos los recaudos producto de las primas, sin perjuicio para el Departamento de Hacienda de su derecho estatutario de retener cargos por servicio de las colectas que efectúa la agencia. Las primas colectadas por Hacienda deben ser depositadas en la cuenta de una institución bancaria privada.
El pasado 1ro. de julio, la Asociación de Suscripción Conjunta del Seguro de Responsabilidad Obligatorio demandó en el Tribunal Federal al Departamento de Hacienda y solicitó una orden de interdicto preliminar y permanente para que la agencia depositara los fondos de las primas del seguro obligatorio en una cuenta aparte para el beneficio de la Asociación, y a transferir el balance mensual a la entidad.
La Asociación denunció que el Departamento de Hacienda no transfería a tiempo los referidos fondos y que los utiliza para pagar las obligaciones del Estado Libre Asociado como lo es la nómina del Gobierno.
Por su parte, el Departamento de Hacienda solicitaba la desestimación del recurso legal y argumentaba que la ley del seguro obligatorio no establece un período para la transferencia y que las primas colectadas por la agencia o los intereses derivados de las mismas no son propiedad de la Asociación, por lo cual no podían ser considerados por el Secretario de Hacienda. Fusté denegó desestimar el pleito incoado por la Asociación.
En su orden, el Juez advirtió además que “cualquier desviación del espíritu y del contenido de esta orden” será sancionado mediante un desacato civil. La Asociación alega que desde principios de noviembre del 2000 el Secretario de Hacienda comenzó a fallar en la transferencia de los fondos de las primas de seguros con el propósito de aliviar la caja del Gobierno.