4 de agosto de 2015
El Nuevo Dia
El gobernador Alejandro García Padilla convirtió en ley un proyecto que permite terminar relaciones contractuales bajo los mismos estándares en que el consumidor se acogió al servicio.
Por ejemplo, si el consumidor se acogió a una oferta de servicio de televisión por cable o de teléfono móvil a través de una llamada telefónica, gracias a la nueva ley tendrá la opción de solicitar terminar con dicho contrato también por vía telefónica.
La “Ley para la Preservación de la Buena Fe y Seguridad del Consumidor en la Contratación y Resolución de los Contratos sobre Bienes y Servicios”, surge de un proyecto de la autoría del senador Luis Daniel Rivera Filomeno, presidente de la Comisión de Relaciones Laborales, Asuntos del Consumidor y Creación de Empleos.
El nuevo estatuto establece que “tiene el propósito de facultar a los consumidores en relaciones contractuales con validez en la jurisdicción del Estado Libre Asociado, a resolver o culminar su contrato de la misma forma y medio, utilizado al momento de pactar el bien o servicio objeto del contrato”, se informó mediante un comunicado de prensa.
“La buena fe contractual está sujeta a la transparencia en la voluntad de los intervinientes. Por lo que es deber del Estado establecer la regulación necesaria para que cada contrato se efectúe con la mayor transparencia posible. Por eso radiqué este proyecto. En lo sucesivo, todo contrato que provea la opción de ser resuelto a voluntad de una o más de las partes podrá hacerlo, pero utilizando el mismo modo y forma en que fue pactado", dijo el senador al destacar parte del alcance de la ley firmada recientemente por García Padilla.
La empresa o el contratista que incumpla con esta Ley 132 estará sujeto a una multa administrativa por el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) de hasta $5,000. En el caso de contratos para proveer servicios de telecomunicaciones estén bajo la jurisdicción de la Junta Reglamentadora de Telecomunicaciones (JRT), será dicha entidad quien estará facultada para emitir la multa.
La ley “entrara´ en vigor a los treinta (30) días siguientes a su aprobación, y aplicará a los contratos convenidos luego de su vigencia”, destacó el legislador.
“Para mí es un honor y un orgullo poder seguir defendiendo al consumidor puertorriqueño, en coordinación con los compañeros del DACO y su secretario Nery Adames”, concluyó Rivera Filomeno.