El Vocero
El cierre de comercios no se supone que afecte los contratos de servicio, que popularmente se conocen como ‘garantías extendidas’, ya que la mayoría de estos ofrecimientos los maneja una compañía diferente a la que vende los productos.
Nery Adames Soto, secretario del Departamento de Asuntos al Consumidor (DACO) explicó que los consumidores no pagan adicional por las garantías que ofrecen los manufactureros en caso de que un equipo se rompa o no funcione. En este caso el comercio se encarga de enviar el artículo al manufacturero y no le puede cobrar al consumidor cargos por envío ni tiene que llevarlo en el mismo empaque.
“No es propio hablar de una extensión de garantía, es un término que confunde. Los contratos de servicio son aparte y entran en vigor cuando termina la garantía. Estos contratos tienen especificaciones diferentes y están regulados por la Oficina de la Comisionada de Seguros. Cuando cierra una tienda, las garantías serán ofrecidas por otras entidades. Recientemente se anunció de una tienda de efectos electrónicos que cierra e hizo bien en referir a las personas a los sitios que le honrarán las garantías y contratos de servicio. Si no honrasen la garantía, entonces tienen un caso para referir a DACO”, mencionó Adames Soto.
Por su parte, Marielba Jiménez, comisionada Auxiliar de Asuntos Legales de la Oficina de la Comisionada de Seguros, expresó que el proveedor del contrato no es necesariamente la tienda en donde adquiere el producto y la garantía. Sin embargo, el proveedor será responsable por los actos u omisiones de las personas que actúen en su representación ya sea en la promoción, venta y ofrecimiento de los contratos.
“Al adquirir un contrato de servicio o garantía extendida asociado a un producto que adquiere, el consumidor puede verificar si el proveedor de contrato de servicios está registrado para realizar negocio en Puerto Rico a través de nuestra página de internet; www.ocs.gobierno.pr/ocspr/documents/regulation/Licenciasexp/ProveedorDeServicios_e.pdf . De tener duda puede confirmar además, si el formulario del contrato de servicio o garantía extendida fue presentado ante el Comisionado de Seguros y aprobado por este, llamando a la Oficina del Comisionado de Seguros”, indicó Jiménez.
“El consumidor debe tener claro que no está adquiriendo una póliza de seguros. No obstante, dicho contrato de servicios pudiera estar apoyado por una póliza de seguro de reembolso, mediante la cual un asegurador se compromete a beneficio del consumidor a ejecutar todas las obligaciones y responsabilidades del proveedor bajo los términos del contrato de servicio en caso de que este no cumpla”, añadió.
Gilberto Alvelo, mejor conocido como Doctor Shopper, sostuvo que la persona debe guardar el recibo de compra y fotocopiarlo y asegurarse de que le entregan la literatura de la cubierta de la garantía y del contrato de servicio.
“Uno de los errores más grandes que comete la gente es no registrar el contrato una vez compran el producto. Al registrarte le estás notificando a la empresa que adquiriste ese contrato y te aseguras que el comerciante registró esa compra y no se echó el dinero al bolsillo. También debe conocer cuál es el proceso de reclamación, si hay centros de servicio en Puerto Rico o si hay que enviarlo afuera y quién paga ese envío, de ser necesario”, subrayó Alvelo.