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CPSC

WASHINGTON, 19 de febrero de 2015 /PRNewswire-HISPANIC PR WIRE/ – La Comisión de Seguridad de Productos del Consumidor de EE.UU. (U.S. Consumer Product Safety Commission, CPSC) anuncia que General Electric Co., de Fairfield, Conn., ha aceptado pagar una penalidad civil de $3.5 millones.

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El acuerdo resuelve cargos del personal de la CPSC de que GE a sabiendas no reportó inmediatamente a la CPSC, como lo requiere la ley, defectos y un riesgo irrazonable de lesión grave que involucran dos modelos de estufas independientes Profile de combustible dual y varios modelos de lavavajillas Profile y Monogram.

El personal de la CPSC afirmó que el conector en el arnés de cables de las estufas puede sobrecalentarse, presentando riesgos de incendio y de quemaduras.

GE vendió las estufas en todo el país entre junio de 2002 y diciembre de 2005 por entre $1,300 y $2,000.

En abril de 2009, GE y la CPSC anunciaron el retiro del mercado de 28,000 estufas de combustible dual. GE no reportó los riesgos de las estufas a la CPSC hasta febrero de 2009. Para entonces, GE ya había recibido 13 reportes de sobrecalentamiento del arnés y del cableado detrás de las estufas, incluidos cinco incendios. GE recibió notificación del riesgo en el 2004.

El personal de la CPSC también afirmó que varios modelos de lavavajillas (lavatrastes) Profile y Monogram pueden causar cortocircuito por la condensación acumulada en el panel de control, presentando riesgos de incendio y de quemaduras.

Las lavavajillas se vendieron en tiendas departamentales y de electrodomésticos de todo el país entre julio de 2003 y octubre de 2010 por entre $750 y $1,400. GE no reportó el riesgo de las lavavajillas a la CPSC hasta septiembre de 2010. Para entonces, GE ya había recibido varios reportes de incendios ocurridos debido al sobrecalentamiento de los paneles de control, incluido un reporte recibido en 2007, y la empresa había pagado acuerdos a los consumidores con base en dichos reportes. En octubre de 2010, GE y la CPSC anunciaron el retiro del mercado de alrededor de 174,000 lavavajillas.

La ley federal requiere que fabricantes, distribuidores y minoristas reporten a la CPSC inmediatamente (generalmente dentro de un plazo de 24 horas) después de obtener información que razonablemente apoye la conclusión de que un producto tiene un defecto que podría crear un riesgo sustancial, crea un riesgo irrazonable de lesión seria o muerte, o no cumple con cualquier norma de seguridad de productos del consumidor o cualquier otra regla, regulación, estándar o prohibición implementada por la CPSC.

Además de aceptar pagar la penalidad civil de $3.5 millones, General Electric ha acordado mantener un programa diseñado para asegurar el cumplimiento con la Sección 15(b) de la Ley de Seguridad de los Productos del Consumidor y un sistema de controles y procedimientos internos que incluyen:

  • procedimientos para registrar, procesar y reportar información sobre potenciales cuestiones de seguridad;
  • normas y políticas escritas;
  • notificación confidencial de empleados a un administrador sobre preocupaciones con respecto al cumplimiento;
  • comunicación efectiva de normas y procedimientos de cumplimiento, incluido entrenamiento;
  • responsabilidad de la alta gerencia, y supervisión por el organismo rector de la empresa, del cumplimiento; y
  • requerimientos de retención de registros.

Al aceptar el acuerdo, General Electric no admitió los cargos del personal de la CPSC de que sus estufas o lavavajillas contienen un defecto que podría crear un peligro sustancial del producto o que crearon un riesgo irrazonable de lesión grave o muerte, o que la empresa no notificó a la Comisión oportunamente, de conformidad con los requerimientos de notificación de la Ley de Seguridad de Productos del Consumidor.