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Por el libro |
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12 de octubre de 2010
El Vocero
El Gobierno inició una evaluación urgente sobre la aplicación o no de arbitrios a los derivados del petróleo que se usan para producir energía, a raíz de una investigación de EL VOCERO que reveló incongruencias en las leyes sobre tributación, confirmó ayer el secretario de Hacienda, Juan Carlos Puig. El funcionario señaló que, a más tardar hoy, entregará un informe al gobernador Luis Fortuño y al secretario de la Gobernación, Marcos Rodríguez-Ema, para que se tome una decisión de política pública. Puig admitió que los arbitrios a los derivados del petróleo -específicamente el combustible número dos (diesel)- sí se están cobrando a los suplidores de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), quienes lo incluyen en el precio de venta del producto a la corporación pública. La Autoridad, a su vez, recobra el dinero al aplicarlo en el renglón de 'ajuste de combustible' de la factura de sus clientes. "Estamos estudiando la sección aplicable del Código (de Rentas Internas) para que se tome una decisión de política pública. Lo estamos trabajando con toda celeridad hoy (ayer)", sostuvo. ¿A raíz de los artículos?, preguntó EL VOCERO. "Sí y por una combinación de factores, la conversación que tuvimos (con EL VOCERO), la información que trascendió, y conversaciones con el Director Ejecutivo (de la AEE, Miguel Cordero) y con el Secretario de la Gobernación (Marcos Rodríguez-Ema)", señaló el Titular. La investigación periodística arrojó que la Ley Orgánica de la AEE, de 1941, dispone que la corporación está exenta de pagar arbitrios por los combustibles que adquiere para producir energía, al igual que múltiples leyes. El actual Código de Rentas Internas dispone también -en el Capítulo 3, sobre 'Exenciones'- que el impuesto "no será aplicable al petróleo crudo, productos parcialmente elaborados, los productos terminados derivados del petróleo, ni a cualquier otra mezcla de hidrocarburos utilizados por la Autoridad de Energía Eléctrica para generación de electricidad". Sin embargo, funcionarios de la AEE y las solicitudes de subastas que hacen para compra de combustible detallan que sí se cobra. En distintas leyes desde 1941 a esta fecha, se expone que no se debe cobrar. No obstante, distintas leyes impusieron el arbitrio estatal y en la Ley de Municipios Autónomos se cobra mediante patentes municipales. Distintas enmiendas al Código de Rentas Internas y leyes establecen que no se deben cobrar los impuestos. Aparte de que no se ha enmendado la Ley Orgánica de la AEE. Puig explicó que actualmente se cobra un impuesto al combustible número dos (diesel) porque cuando se enmendó el Código de Rentas Internas en el año 2008, sólo se eximió al combustible número seis -que es un derivado del petróleo que sólo usa la AEE. No obstante, no se eximió al diesel porque además de la AEE, lo utilizan las industrias para otros fines que no son generar energía y Hacienda no tiene manera de determinar los usos cuando se llenan las planillas de arbitrios. "Tributa, lamentablemente a base de la enmienda (2008). Hacienda tiene la responsabilidad de cobrarlo como parte de sus responsabilidades de recaudos. Hacienda no puede determinar si ese impuesto corresponde a productos vendidos a la AEE (por los suplidores) o a otros clientes porque la planilla no lo dice", subrayó Puig. Dijo que entiende que es tributable porque de lo contrario se hubiera eximido en la enmienda más reciente al Código del 2008. "Pienso que se le pasó al legislador (no excluirlo)", expresó el funcionario. Planteó que de todas maneras, la cantidad de lo que Hacienda recauda de esos arbitrios no es tanto dinero, pero todavía están haciendo el cómputo. Para el Titular, la ruta a seguir para resolver el problema es que una vez se entregue el informe al Gobernador, éste tome una decisión de política pública de si se enmienda o no el Código de Rentas Internas para eximir de gravamen al combustible número dos.
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