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14 de septiembre de 2010

El Nuevo Dia

San Juan- La presidenta del Colegio de Farmacéuticos de Puerto Rico, Julie Hurtado, informó hoy que ya está en vigor el nuevo reglamento que valida tanto las recetas emitidas electrónicamente como las que son firmadas "de puño y letra" por el prescribiente.

El reglamento 142 promulgado por el Departamento de Salud entró en vigor el 8 de septiembre para regular las operaciones de los establecimientos dedicados a la manufactura, distribución y dispensación de medicamentos en virtud de la Ley de Farmacia de Puerto Rico.

La nueva norma introduce nuevas disposiciones relacionadas con la prescripción electrónica y la administración de vacunas por farmacéuticos autorizados por la Junta de Farmacia.

"El nuevo reglamento 142 (Ley de Farmacia 247 del 3 de septiembre de 2004), valida tanto la receta transmitida y generada electrónicamente, así como la que es firmada de puño y letra por. el prescribiente. El paciente tiene el derecho de seleccionar libre y voluntariamente la farmacia donde será transmitida la receta mediante el sistema que autoriza la firma electrónica", dijo Hurtado.

Añadió que esto garantiza "la seguridad del proceso de acuerdo a las leyes y reglamentos aplicables.

Según el reglamento, se define receta o prescripción como "la orden original escrita, expedida y firmada, o generada y transmitida electrónicamente por el prescribiente en el curso normal y ejercicio legal de su profesión en Puerto Rico, para que un medicamento sea dispensado por un farmacéutico autorizado y registrado, en una farmacia autorizada, disponiéndose, que en cuanto a las repeticiones de recetas aplicará 10 dispuesto en la Ley", afirmó la presidenta.

"La receta electrónica será la orden original, por tanto no se requerirá en papel. En cuanto al despacho de sustancias controladas, se seguirá exigiendo la receta original al momento que el paciente recoja el medicamento prescrito", indicó.