18 de mayo de 2010
Listindiario.net
Contrario a lo que expresa la ley 358- 05 sobre Protección de los Derechos del Consumidor y Usuario, en República Dominicana donde la moneda nacional es el peso, muchas compañías expresan sus precios en dólares y otras monedas. Principalmente las ventas y alquileres de vehículos, casas, apartamentos y solares, son los que más se exhiben con precios en dólares, lo cual no implica que a la hora de pagar deba ser en esa denominación, pero su sola expresión en esa moneda es ilegal. Computadoras, electrodomésticos, muebles, repuestos diversos, servicios de hoteles y restaurantes, y hasta servicios médicos aún se exhiben con precios en dólares en el país. Legislación El artículo 87 de la ley 358- 05 dice: "Los precios de los bienes y servicios deberán estar señalados en forma notoria e inequívoca a la vista del público, a excepción de aquellos productos y servicios que por sus características especiales el precio deba convenirse de común acuerdo". Más adelante agrega: "Los precios deberán ser expresados en moneda nacional. No podrán ser modificados en función del medio de pago utilizado". Sin embargo, agencias de vehículos, oficinas inmobiliarias y otras empresas, expresan los costos de sus productos en dólares, a través de diversos medios publicitarios impresos y externos. Los ciudadanos no están obligados a pagar los productos que adquieren en el país en moneda que no sea nacional y pueden demandar a la empresa que intente imponerlo, bajo el amparo de la ley de derechos de los consumidores. VEHíCULOS IMPORTADOS SE VENDEN EN DóLARES Aunque los vehículos importados en su mayoría sean comprados en dólares y las viviendas que se construyan en el país incluyan materiales traídos de otras naciones, no se justifica que para vender estos bienes en República Dominicana, se expresen los costos con la moneda internacional, ya que esta nación tiene su propia moneda y esa acción está prohibida por la legislación que crea el Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor.