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  Por el libro
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5 de abril de 2010

HUD

WASHINGTON - El Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de EE. UU. (HUD) anunció hoy cambios a su Programa de Estabilización de Vecindarios (NSP, por sus siglas en inglés), que ayuda a las comunidades a adquirir, rehabilitar y revender propiedades ejecutadas y abandonadas de forma más rápida y ayuda a prevenir un mayor desplome en aquellos vecindarios más afectados. En específico, HUD cambiará la forma en que define las propiedades ejecutadas y abandonadas, incluso propiedades en situación de impago hipotecario y viviendas inhabitables con persistentes violaciones de código. Estas definiciones ampliadas, efectivas inmediatamente, aumentará el alcance del programa de NSP y permitirá que un mayor número de propiedades puedan calificar a fin de eliminar las barreras existentes causadas por las condiciones del mercado, y ayudar a que beneficiarios de subsidios estatales y locales puedan cumplir con los requisitos exigidos por el congreso, de obligar toda su financiación de NSP1 para septiembre de este año.

"Los reglamentos originales de NSP que esta administración heredó a través del lenguaje de la legislación de 2008, limitó el impacto del Programa de Estabilización de Vecindarios y hemos escuchado claramente de nuestros socios en el terreno", señaló el secretario de HUD Shaun Donovan. "Estos reglamentos necesitaban ser más flexibles a fin de permitir a nuestros socios locales poner los fondos de los contribuyentes a trabajar rápidamente para estabilizar los vecindarios más afectados por las ejecuciones. Mi meta es hacer de HUD el tipo de socio federal que escucha y responde a las necesidades de las comunidades, de modo que podamos trabajar juntos para reconstruir nuestros vecindarios y nuestra economía".

La secretaria adjunta de HUD para Planificación y Desarrollo Comunitario Mercedes Márquez añadió, "Se hizo evidente para nosotros que el Programa de Estabilización de Vecindarios según fue diseñado originalmente era muy restrictivo y limitaba la habilidad de nuestros socios locales para responder a las condiciones del mercado y revertir los efectos de las ejecuciones en estos vecindarios lo mas rápido posible".

Redefinición del término "ejecutada"

Anteriormente, HUD definió el término de 'propiedad ejecutada' para ser aplicado sólo a propiedades en donde el proceso de ejecución ya había sido completado. Las comunidades locales sugirieron que esta estrecha definición no era un buen ajuste para las condiciones del mercado, ya que muchas propiedades permanecían en el proceso de ejecución y fuera del alcance de NSP. La definición original limitaba la capacidad del receptor de subsidios para intervenir estratégicamente cuando un prestamista inicia, pero no completa la ejecución, o donde se permite que una situación de impago persista. Además, muchos prestamistas transferían propiedades a agregadores o servidores de préstamo, quienes, inmediatamente hacían arreglos para la disposición final. En algunos de estos casos, la política anterior no consideró que las propiedades mantuviesen su condición de ejecutadas después que se transfiera el título al servidor o agregador.

Las propiedades serán ahora elegibles para recibir ayuda de NSP si cualquiera de las condiciones siguientes aplica: La propiedad está en morosidad al menos 60 días en su hipoteca y el propietario ha sido notificado; o el dueño de la propiedad está en morosidad por 90 días o más en pagos de impuestos prediales; o bajo la ley estatal o local, se ha iniciado o completado procedimientos de ejecución; o se ha completado los procedimientos de ejecución y el titulo ha sido transferido a un agregador intermediario o servidor que no es un receptor de subsidios de NSP, sub-receptor, desarrollador, o usuario final.

Redefinición del término "abandonada"

Cuando el programa de NSP fue diseñado originalmente tras el paso de la Ley de Vivienda y Recuperación Económica (Housing and Economic Recovery Act) de 2008, el termino 'abandonada' fue definido como una propiedad que había sido ejecutada y que estaba vacante por al menos 90 días. Consecuentemente, esta definición excluyó a las propiedades abandonadas por propietarios, pero cuyos inquilinos todavía estaban en el lugar, impidiendo por tanto, a las comunidades locales ofrecer ayuda para las propiedades con financiación de NSP o proteger la ocupación de inquilinos. HUD determinó que estas limitaciones consistían en una barrera sustancial para la preservación de vivienda asequible existente.

Para abordar esta limitación, HUD amplia la definición de una propiedad abandonada para incluir aquellas viviendas en donde el dueño de la vivienda no ha realizado pagos hipotecarios o pagos prediales por al menos 90 días, o en donde un código de aplicación ha determinado que la propiedad no es habitable y que el propietario no ha tomado los pasos correctivos dentro de 90 días después de recibir una notificación de las deficiencias.