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  Por el libro
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19 de junio de 2006

Pasaporte para el Medicaid.

Las guías administrativas que dan forma a la ley que exige a los médico-indigentes demostrar su ciudadanía americana para poder recibir el Medicaid son más estrictas que el estatuto mismo y afectan directamente la forma en que ese proceso se estaba llevando a cabo en esta jurisdicción, que tiene 900,000 beneficiarios del programa.

Así lo alertó el Centro sobre Presupuesto y Prioridades Políticas (CPPP), un grupo de análisis estadounidense que estudió las guías administrativas que emitieron los Centros para Servicios de Medicaid y Medicare (CMS por sus siglas en inglés) encargados de regular este programa de ayuda médica en todos los Estados Unidos y Puerto Rico.

El 11 de enero pasado, PRIMERA HORA adelantó en exclusiva el nuevo requerimiento de la ley para que todo el que solicitara el Medicaid por primera vez o en renovación tuviera que acreditar su ciudadanía estadounidense mediante pasaporte o certificado de nacimiento.

En esa ocasión, el comisionado residente Luis Fortuño admitió que no podía hacer nada en el Congreso porque la tranquilla se acordó en un comité de conferencia y prometió que intentaría que las regulaciones administrativas atemperaran las exigencias de la ley.

Sin embargo, las guías administrativas que Fortuño velaría son precisamente las que el CPPP reveló que son aún más estrictas e inflexibles que la misma ley. Aquí el Gobierno respondió con preocupación porque, aunque ya se estaba pidiendo un certificado de nacimiento, sólo se hacía para los participantes nuevos.

Pero "las guías administrativas establecen una jerarquía de documentos aceptables y obliga a los estados a pedir documentos en el nivel más alto de la jerarquía antes de aceptar un documento de menor nivel". El primario es un pasaporte o certificado de naturalización y el secundario un certificado de nacimiento, por lo que el Gobierno de Puerto Rico se verá obligado a pedir un pasaporte y sólo si la persona está imposibilitada de producir uno, entonces podrían aceptarle el certificado. El último nivel de documentos, y que en Puerto Rico se estaba aceptando comúnmente, son las declaraciones juradas, las cuales serían dos y se aceptarían "sólo en las circunstancias más excepcionales".

Además, y contrario a un borrador de las guías que circuló en mayo, los estados, y Puerto Rico, están obligados a negarles el servicio médico a las personas en el período que tarden para buscar o tramitar los documentos de identificación requeridos.

Los requisitos de identificación van a aplicar también a envejecientes o personas con impedimentos físicos o mentales que son beneficiarios de Medicare a pesar de que su ciudadanía ya habría sido verificada por la Administración del Seguro Social para extenderles los beneficios del Medicare.

También, los niños en hogares sustitutos tendrán que probar su ciudadanía americana bajo este mismo esquema de documentos a pesar de que la realidad de esos niños es que, por ser sacados de sus hogares biológicos, el acceso a este tipo de documentación no es sencillo.

La obligación de certificarlos existirá a pesar de que actualmente las agencias de servicios sociales se encargan de certificar la ciudadanía de los niños para efectos del Medicaid.

Algunos ejemplos de circunstancias comunes que se agravan con las guías son, según el CPPP: los envejecientes que viven en centros de cuido y que no podrían ayudar a localizar documentos por padecer de Alzheimer; y un niño que cae en un hogar sustituto porque sus padres sean arrestados, estén desaparecidos o hayan muerto.

El centro señaló como irónico también que todos los documentos que sean admitidos deben estar certificados, lo que impone costos adicionales a gente que, precisamente, están solicitando el Medicaid porque son indigentes y recordó que los requisitos nuevos se legalizaron a pesar de que un estudio interno del Departamento de Salud federal reveló que no existe evidencia sustancial de que los inmigrantes ilegales estén solicitando Medicaid bajo la pretensión falsa de que son ciudadanos naturalizados.