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Rafael Blanco, Comisionado de Instituciones Financieras. / Foto por: EL VOCERO/Gerardo Bello

El Nuevo Día

El Comisionado de Instituciones Financieras (OCIF) radicará esta semana varias enmiendas al reglamento que rige el otorgamiento y administración de hipotecas en Puerto Rico para conceder más tiempo a las instituciones financiera a la hora de cancelación pagarés.

Se trata del reglamento 5793 y que se enmendó en enero de este año como secuela del fraude hipotecario articulado en entidades como New York Mortgage Bankers (NYMB) y Beneficial Mortgage hace unos años.

Al presente, el reglamento establece que las instituciones hipotecarias tendrán entre 90 días y 180 días para obtener un pagaré hipotecario sujeto a cancelación. También permite que el deudor de un préstamo hipotecario solicite a la institución financiera el pagaré para hacerse cargo de su posterior cancelación ante el Registro de la Propiedad.

Las enmiendas a los reglamentos 5793 y 8147 entrarían en vigor una vez se cumpla con los procedimientos en el Departamento de Estado.

De acuerdo con el comisionado Rafael Blanco Latorre, el reglamento se modificará a petición de los regulados, los que señalaron que 90 días no era tiempo suficiente para identificar y obtener un pagaré hipotecario.

Según Blanco Latorre, las enmiendas extenderán de 90 a 180 días el período para obtener el pagaré hipotecario cuando se encuentre en Puerto Rico y de 180 a 210 días, para gestionar el pagaré cuando esté en manos de un inversionista o custodio extranjero.

Agregó que el inciso que ahora permite al deudor solicitar el pagaré se aclarará para que esa alternativa aplique cuando se trate de una propiedad salda. En una transacción de compraventa o refinanciamiento, el consumidor paga a la institución financiera por los servicios legales y sellos notariales que se utilizan en la cancelación de un pagaré y la institución gestiona la cancelación.

Según Blanco Latorre, las enmiendas uniforman el proceso de gestión de pagarés en bancos comerciales e hipotecarios. El funcionario subrayó que una vez la institución tenga el pagaré, tendrá que cancelarlo en 15 días.

Otra cosa que tampoco cambiará es que el dinero que pagan los consumidores para cancelar un pagaré hipotecario se depositará en una cuenta de reserva o plica. Ello evitará que la institución pueda ganar intereses con tal dinero, una práctica inapropiada que según conocedores del sector, se dio en Puerto Rico por mucho tiempo.

Entre los años 2007 y 2009, la OCIF cerró las operaciones de NYMB y Beneficial por perjudicar a cientos de consumidores, al no cancelar pagarés existentes. En el 2011, la OCIF también cerró a Master Mortgage por incurrir en la práctica ilícita.