14 de noviembre de 2018
El Pais
El Consejo de Ministros aprobará este jueves un real decreto ley sobre medidas urgentes en materia de carreteras, por el que endurecerá las sanciones a las concesionarias de autopistas que cometan negligencias que supongan un perjuicio a los automovilistas. Se trata de evitar que se repitan incidentes como el colapso de la AP-6 que tuvo lugar a principios de este año y que dejó atrapados a miles de usuarios en medio de una nevada. También se restringirá el tráfico de vehículos pesados en carreteras convencionales por seguridad o razones medioambientales.
El Gobierno quiere evitar crisis como la del pasado enero, cuando miles de conductores quedaron aislados en sus coches hasta 18 horas por el colapso que un temporal de nieve provocó en la AP-6, la autopista de peaje que une Ávila, Segovia y Madrid. Con la nueva normativa, se tipifica una nueva infracción muy grave para sancionar a las concesionarias por este tipo de negligencias, de forma que deban pagar fuertes penalizaciones.
El Ministerio de Fomento justifica la urgencia del decreto por la proximidad en la aplicación de los planes de vialidad invernal de las adjudicatarias. De esta forma, se pretende garantizar la continuidad y la calidad del servicio prestado a los usuarios.
La sanción máxima que se aplicó a Abertis, concesionaria de la AP-6, no superó los 31.200 euros por los expedientes que Fomento abrió a sus filiales Iberpistas y Castellana de Autopistas por su responsabilidad por el caos en la autopista registrado los días 6 y 7 de enero.
Otra de las reformas que introduce el decreto es la restricción al tráfico de determinados vehículos pesados en las carreteras convencionales por razones de seguridad vial o medioambientales. En tales circunstancias, se les obligará a circular por las autopistas.
La medida se acompañará con distintas bonificaciones a los transportistas que se desarrollarán posteriormente mediante convenios o reales decretos. El ministerio que dirige José Luis Ábalos estima que con este tipo de iniciativa se reducirá la siniestralidad en aquellos tramos que concentran accidentes por vehículos de alto tonelaje.
Habilitación de peajes
Asimismo, se da cobertura de rango legal al eventual cobro de peajes por parte la Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre (SEITTSA), que ha asumido la explotación de nueve autopistas de peaje en quiebra y que han sido asumidas por el Estado.
El cobro de dichos peajes estaba amparado hasta la fecha en contratos de concesión que ya se han extinguido. Por tanto, para continuar la explotación de estas autopistas resulta necesario contar con una norma legal que ampare la percepción por SEITTSA.
Por último, se modifica la ley de carreteras para permitir que la aprobación de los proyectos de construcción lleve implícita la declaración de urgente ocupación de los bienes a efectos expropiatorios. Con ello se pretende no demorar la realización de las obras evitando así el evidente perjuicio que para el interés general suponen los retrasos de las mismas y, en particular, la ejecución de obras de menor envergadura económica, pero destinadas a mejorar la seguridad vial: mejoras de trazado y actuaciones en tramos de concentración de accidentes.
Con estas modificaciones, el Ministerio de Fomento pretende facilitar y dotar de una mayor cobertura legal a las actuaciones cuyo objetivo sea mejorar la seguridad vial, así como garantizar la prestación del servicio de las autopistas de peaje, ofreciendo el mejor nivel de servicio posible a los usuarios.